Novedades Fiscal 11-2012
NOVEDADES FISCALES DE LA LEY DE PRESUPUESTOS PARA 2013 Y DE LA LEY DE MEDIDAS TRIBUTARIAS
Con fecha 28 de diciembre de 2012 se han publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica (en adelante, Ley de Medidas Tributarias) y la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013.
Se describen continuación las principales novedades tributarias que incluyen ambas leyes.
1. RÉGIMEN LEGAL Y FISCAL DE LAS SOCIMI
Una de las novedades de mayor trascendencia que se incluyen en la Ley de Medidas Tributarias es la reforma de las denominadas Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión el Mercado Inmobiliario (en adelante, “SOCIMI”), que tiene por objeto simplificar y flexibilizar su régimen legal y fiscal y equipararlo al de otros países de nuestro entorno. Recordemos que los principales rasgos de las SOCIMI son el objeto social consistente en el arrendamiento de bienes inmuebles de naturaleza urbana y la obligación de distribuir anualmente un porcentaje determinado de sus beneficios.
2. RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES DEDICADAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS
Se flexibilizan, para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2013, los requisitos para la aplicación del régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda en el Impuesto sobre Sociedades.
3. ACTUALIZACIÓN DE BALANCES
La Ley de Medidas Tributarias ha regulado una actualización fiscal, con carácter voluntario, con un gravamen del 5% sobre el importe revalorizado.
4. IMPUESTO SOBRE LOS DEPÓSITOS EN LAS ENTIDADES DE CRÉDITO
La Ley incluye la creación del llamado “Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito”, que tiene por objeto gravar los depósitos constituidos en las entidades de crédito, cualquiera que sea su naturaleza, en todo el territorio nacional y que resultará exigible para los periodos iniciados a partir del 1 de enero de 2013.
5. TRIBUTACIÓN DE LAS INDEMNIZACIONES POR DESPIDO O CESE
Tal y como ha venido anunciándose, con efectos a partir de 1 de enero de 2013 se endurece la tributación de las indemnizaciones por despido o cese de “cuantía muy elevada”. Las modificaciones se producen tanto en la tributación de sus perceptores como en la de los pagadores de las correspondientes indemnizaciones, que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades.
6. NUEVO RÉGIMEN FISCAL APLICABLE A LAS GANANCIAS DEL JUEGO
Con efectos desde 1 de enero de 2013, queda suprimida la exención en el IRPF aplicable a las ganancias obtenidas de los premios y loterías (ONCE, Cruz Roja, Loterías y Apuestas del Estado, etc.), aunque su importe no se integrará en la base imponible del impuesto.
7. OTRAS MODIFICACIONES EN EL IRPF
8. MODIFICACIONES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
9. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO E IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO
10. OTRAS MODIFICACIONES
11. ENTRADA EN VIGOR
Salvo en los supuestos expresamente señalados, con carácter general las novedades y modificaciones incorporadas al ordenamiento tributario por estas Leyes producirán sus efectos a partir de 1 de enero de 2013.
Profesionales de contacto