Novedades Fiscal Canarias 1-2013
DECRETO 120/2013, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE GESTIÓN DE LOS TRIBUTOS DERIVADOS DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS
Con fecha 31 de diciembre de 2013 se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias el Decreto 120/2013, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias aprobado por Decreto 268/2011, de 4 de agosto, modificaciones que entraron en vigor el pasado 1 de enero de 2014.
El objetivo básico de este Decreto es adaptar la regulación gestora del Impuesto General Indirecto Canario (en adelante, IGIC) contenida en el Reglamento de gestión a las modificaciones legales del IGIC contenidas en diversas normas y, en especial, al nuevo régimen especial del criterio de caja aprobado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en línea con las modificaciones introducidas en el ámbito del IVA.
Las modificaciones reglamentarias que a continuación se detallan son de diverso alcance y afectan fundamentalmente a:
- Régimen Especial del criterio de caja aprobado por la Ley 14/2013.
- Obligaciones en los supuestos de inversión de sujeto pasivo.
- Créditos incobrables y situaciones de concurso.
- Cambios en las obligaciones de declaración (IGIC y declaración anual de operaciones con terceras personas - modelo 415 -)
- Otras modificaciones de diversa índole.
1. RÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA
- 1.1 Facturación
- 1.2 Libros Registro
- 1.3 Declaración de operaciones con terceras personas -modelo 415-
- 1.4 Otros aspectos del Régimen Especial
2. OBLIGACIONES EN LOS SUPUESTOS DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO
3. CRÉDITOS INCOBRABLES Y SITUACIONES DE CONCURSO
4. CAMBIOS EN LAS OBLIGACIONES DE DECLARACIÓN (IGIC Y DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS)
- 4.1 Declaraciones de IGIC y Libros Registro
- 4.2 Declaración de operaciones con terceras personas (modelo 415)
5. OTRAS MODIFICACIONES DE DIVERSA ÍNDOLE
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