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Novedades Fiscal Foral Bizkaia 4-2013

Nueva norma foral del impuesto sobre el patrimonio

Norma Foral 2/2013, de 27 de febrero, del Impuesto sobre el Patrimonio (Boletín Oficial de Bizkaia de 4 de marzo de 2013)

La Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco establece que el Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo concertado de normativa autónoma.

El Impuesto sobre el Patrimonio, que venía siendo un tributo integrado en el sistema impositivo vizcaíno, quedó sin efecto a partir del 1 de enero de 2008, al ser derogado por la Norma Foral 7/2008, de 10 de diciembre. Ello afectó al trienio 2008, 2009 y 2010.

En el año 2011, y no siendo ajeno el Territorio Histórico de Bizkaia al contexto de crisis generalizada a nivel mundial, el legislador foral entendió conveniente adoptar medidas que coadyuvaran a la recuperación económica, en forma de provisión al sector público de los recursos necesarios para paliar en las clases más desfavorecidas los efectos negativos de la crisis. Una de dichas medidas fue el restablecimiento del Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter transitorio para los años 2011 y 2012, a través de la Norma Foral 4/2011, de 28 de diciembre. Dicha Norma Foral 4/2011 mantenía la estructura formal y material del Impuesto sobre el Patrimonio anteriormente vigente, si bien trató de que la recuperación del impuesto afectara a un número más reducido de contribuyentes. A tal fin, se elevó hasta 800.000 euros el llamado “mínimo exento” y se incrementó la exención por vivienda habitual hasta 400.000 euros.

En el momento actual, y ante la persistencia de la situación de crisis, el legislador foral ha estimado necesario mantener el esfuerzo de solidaridad exigido a los contribuyentes que disponen de un patrimonio más elevado y reincorporar, con carácter permanente, el Impuesto sobre el Patrimonio al Territorio Histórico de Bizkaia. A esta necesidad responde la aprobación y publicación de la nueva Norma Foral 2/2013, de 27 de febrero, del Impuesto sobre el Patrimonio, que deroga la anterior Norma Foral 4/2011.

1. EXENCIÓN DE BIENES AFECTOS A ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y DE PARTICIPACIONES EN ENTIDADES DEDICADAS A LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
2. NUEVAS REGLAS DE VALORACIÓN DE DETERMINADOS ELEMENTOS PATRIMONIALES
3. NUEVA ESCALA DE GRAVAMEN
4. APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE NO CONFISCACIÓN: LÍMITE CONJUNTO SOBRE LAS CUOTAS ÍNTEGRAS DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
5. OTRAS MODIFICACIONES