Nuevo impulso de las energías renovables en Cataluña
Cataluña aprueba medidas urgentes para hacer frente a la emergencia climática e impulsar las energías renovables.
Cataluña continúa su lucha contra el cambio climático con la aprobación del Decreto Ley 16/2019, de 26 de noviembre, de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables.
En el año 2017, el Parlamento de Cataluña aprobó la Ley 16/2017, del 1 de agosto, del cambio climático, con el fin principal de alcanzar la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y hacer frente a la vulnerabilidad derivada de los impactos del cambio climático. El nuevo decreto ley incorpora ahora una serie de medidas que pretenden hacer frente a la denominada emergencia climática y responde a la necesidad de acelerar el desarrollo de los instrumentos previstos en la citada Ley 16/2017.
En particular, son tres los objetivos que persigue este nuevo instrumento normativo. En primer lugar, implantar medidas urgentes que permitan una transición ecológica y energética y alcanzar, a la mayor brevedad posible, los objetivos fijados en la referida Ley 16/2017. En segundo lugar, modificar el Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, para facilitar y simplificar la implantación de las instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar y eólica. Y, finalmente, determinar los requisitos para la autorización de las instalaciones de producción de energía eólica y de energía solar fotovoltaica; así como definir los criterios energéticos, ambientales, urbanísticos y paisajísticos que deben regir su implantación, y simplificar el procedimiento administrativo aplicable para su autorización.
Respecto del primer objetivo, el decreto ley modifica la Ley 16/2017 y fija los objetivos de utilización de las energías renovables en Cataluña y de reducción de emisiones de CO2 para el horizonte 2050, regula la irrupción de la movilidad eléctrica y la electrificación de los puertos de la Generalitat, y limita la utilización de la la fracturación hidráulica (fracking). Asimismo, se añade la prohibición de utilizar carbón y coque de petróleo en estufas y calderas en nuevas instalaciones, además de establecer un periodo transitorio de cuatro años para sustituirlos por otros combustibles con menos impacto.
En cuanto a la modificación de la normativa urbanística, se introducen, entre otras, medidas para simplificar la instalación de energías renovables en el ámbito urbano, y se facilita su implantación en suelo no urbanizable, siempre que se cumplan unos criterios ambientales y paisajísticos determinados. Por otro lado, se favorece la implantación de sistemas de autoproducción en los edificios y en el espacio público de las ciudades.
Finalmente, el decreto ley hace referencia a la simplificación de la regulación de las instalaciones de producción de energía eléctrica proveniente de energía eólica o solar fotovoltaica, y deroga el Decreto 147/2009, de 22 de septiembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos aplicables para la implantación de parques eólicos e instalaciones fotovoltaicas en Cataluña, con el fin de dar respuesta a la parálisis que ha experimentado la implantación de la energía eólica en la Comunidad Autónoma en los últimos años.
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