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Perú dicta medidas de prevención ante el coronavirus en el ámbito laboral

Perú - 

Con ocasión de la llegada del denominado coronavirus al Perú, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, publicó la Resolución Ministerial No. 055-2020-TR, ‘Guía para la prevención ante el coronavirus’, que contiene una serie de medidas de prevención y control, procurando reforzar la protección a la vida y salud de los trabajadores.

A continuación, resumimos las principales recomendaciones a tener en cuenta:

1. Medidas de prevención

  • Las oficinas de Recursos Humanos o la que haga sus veces, deberán elaborar un plan comunicacional referente a las medidas preventivas a adoptar por la empresa.
  • Preparar y difundir charlas informativas, habilitar puntos de información, distribuir material informativo y recordatorios como afiches o medios electrónicos.
  • Poner a disposición de los trabajadores el material higiénico apropiado y suficiente, y adoptar los protocolos de limpieza que resulten necesarios.
  • Promover las prácticas saludables difundidas por el Ministerio de Salud en la empresa.

 

2. Medidas de control en el centro de trabajo

  • Si los/las trabajadores/as que están "resfriados" refieren que han estado en contacto con personas que fueron diagnosticadas como casos sospechosos o confirmados de coronavirus, o que 14 días antes visitaron áreas de riesgo de transmisión del virus, según la lista oficial de países publicada por el Ministerio de Salud, se les deberá indicar que acudan al centro médico más cercano o llamar a la Línea gratuita 113 del Ministerio de Salud.
  • Evaluar la relevancia y necesidad de que los/las trabajadores/as realicen viajes de comisión de servicios. En caso se decida que los/las trabajadores/as viajen, asegurarse que tengan información reciente sobre las zonas de propagación del coronavirus, así como recomendaciones sobre su prevención.

3. Medidas de organización del trabajo

Para aquellos trabajadores con sospecha de coronavirus:

  • Aquellos que se encuentren en cuarentena, deberán justificar su inasistencia con el correspondiente certificado médico.
  • En caso se descarte ser portador del virus, el tiempo de ausencia podrá ser compensado de común acuerdo.

Para aquellos trabajadores con diagnóstico de coronavirus:

  • Dejarán de asistir al centro de trabajo (manteniendo el pago de su remuneración).

4. Acciones destinadas a evitar la propagación del virus en los centros de trabajo

  • Modificación de turnos de trabajo para evitar la exposición entre trabajadores.
  • Otorgamiento de licencias sujetas a compensación, para evitar que contraigan la enfermedad.
  • Implementación del teletrabajo durante el tiempo que exista riesgo de contagio.