Planteada la cuestión de inconstitucionalidad contra la nueva Ley de Caza de Castilla y León
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León acordó, en un auto del pasado 11 de noviembre, elevar cuestión de inconstitucionalidad en relación con la Ley 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
En el marco del procedimiento contra el Decreto autonómico 10/2018, regulador de la actividad cinegética en la comunidad, esta Sala acordó, en su auto de 21 de febrero de 2019, la suspensión cautelar del citado decreto, imposibilitando la práctica de la caza. Pendiente aún de resolver el recurso de reposición contra dicho auto, se aprobó por las Cortes de Castilla y León la antedicha Ley 9/2019, en cuyo texto se incluyeron cuestiones cuya determinación, anteriormente, se regulaba por normas reglamentarias, como ya adelantábamos en nuestra newsletter del pasado mes de junio.
En concreto, era el Decreto 10/2018 –cuya suspensión cautelar fue acordada- el que decidía qué especies podían ser consideradas como cinegéticas y, con base en esta norma, la Orden Anual de Caza establecía cuáles de esas especies podían cazarse, cuestiones que son ahora reguladas por la Ley 9/2019.
En este contexto, considera la Sala que el verdadero propósito de la ley es incorporar a la misma la regulación administrativa de la caza, con la única justificación de posibilitar de manera inmediata, y sin necesidad de ninguna actuación administrativa ulterior, el ejercicio de esta actividad cinegética, suspendido por este Tribunal. Por tanto, a su juicio, al ser una norma con rango de Ley la que pasa a regular la cuestión, se estaría pretendiendo eludir el control jurisdiccional de una normativa que venía aprobando la Administración, además de dejar sin objeto al procedimiento en curso, en la medida en que carece ya de sentido enjuiciar el Decreto 10/2018 cuando no tendría aplicación efectiva, pues todo cuanto en él se regulaba ha sido reproducido en la nueva Ley de Caza.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo argumenta, fundamentalmente por estos motivos, que la nueva Ley de Caza autonómica resulta contraria a la Constitución Española por vulnerar el ejercicio de la potestad jurisdiccional y el principio de separación de poderes (artículo 117.3), por conculcar el principio que prohíbe la arbitrariedad de los poderes públicos (artículo 9.3) y por lesionar tanto el derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24), como la obligación de cumplimiento de las resoluciones judiciales (artículo 118).
Para ampliar información, puede consultarse el auto en este enlace.
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