El TC declara inconstitucional el Real Decreto-ley 2/2016 que estableció el pago fraccionado mínimo a cuenta del Impuesto sobre Sociedades
Alerta Tributario España
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad número 1021-2019 planteada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administración de la Audiencia Nacional en el marco del recurso contencioso-administrativo interpuesto por un cliente de Garrigues frente al Real Decreto-ley 2/2016 que estableció el pago fraccionado mínimo para las denominadas “grandes empresas”.
Aunque aún no se ha notificado el texto íntegro de la sentencia, el Tribunal Constitucional ha hecho pública una Nota informativa (que se puede leer aquí) en la que indica que el Pleno ha considerado que el Real Decreto-ley 2/2016 habría infringido los límites materiales vedados al Real Decreto Ley (artículo 86 de la Constitución Española), lo que le ha llevado a declarar su inconstitucionalidad y nulidad.
El análisis del texto de la sentencia será muy relevante para conocer si los vicios de inconstitucionalidad apreciados por el Tribunal Constitucional podrían resultar trasladables al Real Decreto Ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.
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