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Un matrimonio sin divorcio en los contratos estatales

 | La República
Omar Andrés Martínez (asociado principal del dpto. Administrativo Colombia)

Las promesas de sociedad futura, consorcios y uniones temporales son ampliamente usadas en nuestro país para la ejecución de contratos estatales. Sin embargo, pocas veces los proponentes se preguntan por las implicaciones legales y la dificultad para salir de una estas estructuras asociativas cuando ya no quieren continuar asociados.

¿Por qué se usan promesas de sociedad futura, consorcios y uniones temporales? Estas son las formas de asociación permitidas por la ley de contratación estatal, cuando varias personas desean presentarse conjuntamente para participar en un proceso de selección. Bajo cualquiera de estas estructuras, los proponentes son solidariamente responsables frente al contratante por la ejecución del contrato estatal.

¿Qué pasa si hay incumplimiento defectuoso del contrato estatal por uno de los miembros de una promesa de sociedad futura, consorcio o unión temporal? La entidad contratante tiene derecho a exigir a cualquiera de los miembros de estas estructuras el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales incumplidas. Los contratistas deben tener en cuenta que un contrato estatal ejecutado bajo una de estas modalidades es una especie de matrimonio, vigente durante el término del contrato, y con un muy difícil divorcio. Cuando un miembro de una de estas estructuras asociativas incumple sus obligaciones en el contrato estatal, no existe una norma que permita excluirlo de esa estructura o cobrarle eficaz y rápidamente los perjuicios generados, para continuar con la ejecución del contrato sin traumatismos.

De esta manera, a menos de que los miembros de la estructura asociativa hayan acordado un mecanismo contractual para lidiar con estos inconvenientes, suelen tener que asumir las responsabilidades a cargo de la parte incumplida y continuar ejecutando el contrato estatal. Incumplir un contrato estatal es bastante gravoso, pues las consecuencias pueden llegar hasta la caducidad del contrato.

Reemplazar al miembro incumplido no es fácil, pues es complicado interesar a un tercero para que se vincule a un contrato que está teniendo problemas de incumplimiento. Además, el contratante no permite la salida de uno de los contratistas sin que sea reemplazado por otro que ofrezca garantías similares.

¿Cómo se puede evitar o solucionar este problema? La primera recomendación es esmerarse en buscar un socio con el que no solo se puedan lograr las economías necesarias para lograr la adjudicación y ejecución del contrato a precios competitivos, sino con quien se tengan las sinergias requeridas para una ejecución contractual exitosa. Sin embargo, aún en el caso de contar con el grupo de socios ideales, ello no garantiza que no surjan inconvenientes.

Así, la segunda recomendación es instrumentalizar adecuadamente las relaciones entre los miembros de la estructura contratista, acordando mecanismos para la toma de decisiones y el aporte de recursos al proyecto cuando se necesite, así como medidas inmediatas y eficaces que puedan ser tomadas contra el miembro incumplido, sin que se afecte la ejecución del contrato estatal.