Un modelo de convenio en el que fijarse
La Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged) y dos de los sindicatos más representativos del sector firmaron ayer el convenio colectivo de Grandes Almacenes que guiará las relaciones laborales a nivel estatal entre las grandes empresas de distribución y sus trabajadores hasta diciembre de 2016.
Este convenio se encuadra en el nuevo marco regulador de la negociación colectiva que introdujo la reforma laboral emprendida en 2012, reforma que dota de mayor autonomía a las partes para negociar un convenio colectivo que se adapte a la concreta situación económica, productiva o de cualquier otro tipo por la que atraviese un sector en particular, en este caso, el de la gran distribución.
El nuevo convenio pone fin a una larga, dura e intensa negociación y refleja, en definitiva, una voluntad de consenso que se plasma a lo largo de su contenido.
Efectivamente, las partes no han sido ajenas en la negociación al adverso contexto económico en el que operan, con una reducción del consumo y de la demanda en general que ha conllevado una reducción de las ventas y de los ingresos muy relevante; contexto que el propio convenio califica de excepcional y que ha culminado en un esfuerzo colectivo de la patronal y los sindicatos por llegar a un acuerdo que garantice la estabilidad en el trabajo al tiempo que asegure la viabilidad de las empresas.
El convenio incluye un Pacto por el empleo así como unas cláusulas específicas de flexibilidad laboral, de aplicación a empresas con centros de trabajo en crisis, cuya misión principal es evitar la destrucción de empleo.
La letra del convenio recoge el compromiso de Anged de mantener el nivel de empleo fijo del sector, lo que podría afectar, en cifras estimativas, a 230.000 trabajadores aproximadamente. En materia salarial, la patronal ha aceptado condicionar un posible descuelgue salarial de hasta un 5% de los salarios base, como último recurso, a la caída en las ventas en los tres años anteriores de un 9% de promedio anual, incrementando los requisitos exigidos por la Ley para acometer un proceso de descuelgue con carácter general. Por otro lado, se mantienen las cuatro pagas extraordinarias que contemplaba el convenio anterior.
Adicionalmente, las partes han acordado que las tablas salariales contempladas en el convenio colectivo permanezcan inalteradas hasta 2016, si bien se prevé una retribución adicional basada en datos del consumo medio como índice de ventas al por menor. En definitiva, es un compromiso de ligar salarios con el consumo real. Reflejo del esfuerzo que ambas partes negociadoras han mostrado es el aumento del número de horas anuales máximas de trabajo (hasta llegar a 1798 horas anuales) y el reparto entre todos los trabajadores, solidariamente y de manera equitativa, la carga de trabajo. En este punto el convenio modifica la distribución de la jornada prevista en el anterior convenio de aplicación previendo la exigibilidad a todos los trabajadores de prestar sus servicios cualquier día de la semana.
En suma, el convenio colectivo de Grandes Almacenes es uno de los primeros grandes convenios colectivos que nacen tras la reforma laboral de 2012 y que probablemente sea modelo para muchos otros. Es cierto que modifica importantes aspectos de las relaciones laborales tradicionales del sector, pero no lo es menos que es el resultado de una larga negociación y que este acuerdo refleja que los intereses de trabajadores y empresarios pueden confluir en un punto común cuando éstos persisten en su voluntad de llegar a un consenso.
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