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Una nueva ley estabiliza las tarifas eléctricas en Chile

Chile - 

Alerta Administrativo Chile

En el contexto de la Nueva Agenda Social presentada por el Gobierno de Chile, con fecha 2 de noviembre de 2019 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.185, que crea un mecanismo transitorio de estabilización del precio de la energía eléctrica para clientes sujetos a regulación de tarifas.

El  mecanismo deja sin efecto el alza de 9,2% que debió haber sido aplicable a los clientes regulados en virtud del Decreto 7T, y posterga el incremento del precio de los contratos de venta de energía entre las empresas generadoras y distribuidoras que inicien su suministro con anterioridad al año 2021. Lo anterior será llevado a cabo mediante la creación de un Fondo de Estabilización implementado por la Comisión Nacional de Energía (CNE) y financiado por las empresas del sector generación (con excepción de los pequeños medios de generación distribuida).

De acuerdo a la ley, la tarifa final que pagan los clientes regulados se compone de la suma del precio de transporte, el valor agregado de distribución y el precio de nudo promedio (PNP), el cual es fijado semestralmente por la CNE mediante decreto.

La operación del mecanismo de estabilización de precios distingue las siguientes etapas:

  1. Periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2019 al 31 de diciembre de 2020:

A partir de la publicación de la ley, se deroga el decreto 7T y se mantiene vigente el valor establecido en el decreto 20T (en adelante, Precio Estabilizado a Cliente Regulado o PEC).

  1. Periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 hasta el término del mecanismo de estabilización (el cual no podrá ser superior al 31 de enero de 2027): Las distribuidoras traspasarán el PNP que dicte la CNE, el cual no podrá ser superior a lo establecido en el Decreto 20T reajustado al Índice de Precios del Consumidor, a partir del 1 de enero de 2021 (en adelante, PEC Ajustado).

Por otro lado, la ley establece que en los decretos de PNP que se dicten, los precios que las concesionarias de distribución pagarán a sus suministradores considerarán la aplicación de un factor de ajuste que permita asegurar que la facturación de éstos sea coherente con la recaudación esperada en razón del PEC o PEC ajustado de la correspondiente distribuidora. Así, si el PNP es superior al PEC o PEC Ajustado, los precios se ajustarán a la baja quedando un saldo en favor de estos suministradores. En caso contrario, si el PNP fuere inferior al PEC o PEC Ajustado, se ajustará hasta cubrir los saldos de pago pendientes.

Semestralmente serán monitoreados los saldos pendientes a los suministradores, a fin de que, a partir de julio de 2023 o hasta que se acumule un saldo total de 1.350 millones de dólares, no se incrementen estos saldos.

La vigencia de este mecanismo se extenderá hasta que se extingan los saldos pendientes, lo que en ningún caso podrá exceder del 31 de diciembre de 2027.