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Vizcaya y Guipúzcoa amplían, con carácter permanente, los plazos de presentación de las declaraciones de enero

España - 

Alerta Tributario País Vasco

En enero de 2022, Vizcaya y Guipúzcoa ampliaron al 31 de enero de 2022 los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones cuyo plazo ordinario de presentación vencía el 25 de enero. Ahora se prevé que esta ampliación del plazo voluntario de declaración se mantenga con carácter definitivo.

El 23 de diciembre de 2022, Vizcaya y Guipúzcoa han publicado el Decreto foral 153/2022, de 20 de diciembre y la Orden Foral 575/2022, de 18 de diciembre, respectivamente, por la que se establece que el plazo para las declaraciones y autoliquidaciones periódicas que se deban presentar durante el mes de enero de cada año, finalice el 31 de enero.

Entre otras, esta ampliación de plazos afectará a las declaraciones de retenciones trimestrales o mensuales, al resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas y de premios o a los pagos fraccionados a cuenta del IRPF. En el caso de Guipúzcoa, por motivos técnicos, se mantiene el plazo del 25 enero para la declaración modelo 369 de IVA (autoliquidación de los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos, que efectúen ventas a distancia de bienes y ciertas entregas interiores de bienes).