Perú: Indecopi autorizó 45 operaciones de concentración empresarial y rechazó una en los tres primeros años del control previo
Garrigues y la Cámara Oficial de Comercio de España en el Perú (COCEP) han publicado un nuevo informe que analiza los tres primeros años de vigencia del régimen de control previo de concentraciones empresariales en el Perú.Perú: Indecopi publica lineamientos para la calificación y análisis de operaciones de concentración que estarían sujetas a control previo
El documento orienta sobre los aspectos generales que deberán analizarse para determinar si una transacción califica o no como operación de concentración, así como los elementos a considerar para la evaluación de sus riesgos.Control previo de concentraciones empresariales en el Perú: un año y medio después
El 14 de junio de 2021 entró en vigor en Perú la Ley 3112, que introdujo en el país un régimen de control previo de operaciones de concentración empresarial, el que aplica ahora a todos los sectores de la actividad económica y mercados del país. Aproximadamente un año y medio después de su vigencia, en conjunto con la Cámara Oficial de Comercio de España en el Perú, preparamos un informe detallado con el balance de este periodo de actividad.Perú: INDECOPI ordena a la SUNAFIL abstenerse de aplicar norma que prohíbe la tercerización de actividades del núcleo del negocio de las empresas
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal del INDECOPI dictó una medida cautelar de oficio a favor de todos los agentes económicos, ordenando a la SUNAFIL que se abstenga de exigir a las empresas el cumplimiento del Decreto Supremo 001-2022-TR.Perú: Indecopi publica Proyecto de guía sobre consorcios “deseables” e “inusuales” en contrataciones públicas
El documento busca, por un lado, orientar al sector público para identificar consorcios que puedan servir para realizar prácticas anticompetitivas y, por otro lado, para que el sector privado cuente con buenas prácticas cuando se postule a través de consorcios a licitaciones.Perú: se adecua el Reglamento del Libro de Reclamaciones para que proveedores den respuesta a reclamos y quejas en 15 días hábiles
El proveedor tendrá que dar respuesta a los reclamos y quejas registradas en el Libro de Reclamaciones en un plazo máximo de 15 días hábiles. Asimismo, según lo solicite el consumidor, la respuesta tendrá que ser brindada por escrito, mediante correo electrónico o carta.Perú: Se establecen nuevas obligaciones para proveedores en contratos de consumo
A partir de ahora, el proveedor deberá entregar copia del contrato de consumo o la documentación relacionada con éste, a pedido del consumidor en un plazo máximo de 15 días hábiles. Asimismo, en contratos de consumo a distancia por medios electrónicos o automatizados, el proveedor deberá contar con las pruebas de haber informado oportunamente los términos al consumidor y que contó con su aceptación.Colombia: Novedades en materia de derecho de la competencia y del consumidor
En los últimos meses hubo varias novedades en el ámbito del derecho de la competencia y del consumidor, incluyendo un nuevo proyecto de ley sobre competencia desleal y sentencias de la SIC que sientan precedentes innovadores en el país. En esta alerta resumimos los principales puntos de la nueva ley y sentencias.