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Cataluña recupera la prohibición de constituir sucesivas garantías pignoraticias

España - 

El miércoles 26 de junio ha sido derogada la reforma en virtud de la cual se modificaban algunos aspectos relativos a las garantías pignoraticias en Cataluña. De esta forma, se restablece la prohibición de constitución de sucesivas prendas que durante unas semanas desapareció de la normativa autonómica, tal y como explicábamos en este Comentario.

Mediante el Decreto Ley 9/2019, de 21 de mayo, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación del libro quinto del Código Civil de Cataluña en el ámbito de la prenda (Decreto Ley 9/2019), publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, el 23 de mayo de 2019, se realizaron algunas reformas al régimen de prendas sujetas a la legislación catalana. En particular, se modificaron los artículos 569-13 (requisitos de constitución), 569-15 (pluralidad de prendas) y 569-20 (realización del bien pignorado) del libro quinto del Código Civil de Cataluña, entrando en vigor dicha regulación el día siguiente de su publicación, esto es el 24 de mayo de 2019.

Posteriormente, el 5 de junio de 2019 se publicó una corrección de errores, en virtud de la cual se recuperaban varios de los apartados que fueron suprimidos respecto al régimen de ejecución, aunque nada se corrigió respecto del aspecto principal de la reforma de las garantías pignoraticias, la supresión de la prohibición de constitución de sucesivas prendas.

El Decreto Ley 9/2019 se encontraba pendiente de ser convalidado por el Parlamento de Cataluña; como indicamos en nuestro Comentario, en caso de no ser aprobado en un período de 30 días hábiles, podía perder su vigencia. Pues bien, este miércoles, 26 de junio, el Parlamento de Cataluña votó en contra del Decreto Ley 9/2019, el cual, por tanto, deja se ser aplicable no solo en cuanto a sus previsiones en materia de arrendamientos sino también por lo que se refiere al nuevo régimen de la prenda.

Es interesante observar que el Dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias se mostró muy crítico con las modificaciones introducidas por el Decreto Ley en relación con los contratos de arrendamientos, pero no puso objeciones a la reforma en materia de prendas. Por tanto, no parece descartable que se proponga suprimir de nuevo la prohibición de las sucesivas prendas en Cataluña en alguna nueva iniciativa legislativa en el futuro.