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Chile: la CMF exige nuevos requerimientos sobre sostenibilidad y gobierno corporativo en las memorias anuales de las entidades fiscalizadas

Chile - 

Alerta Bancario y Financiero Chile

La Norma de Carácter General Nº 461, dictada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), tiene por objeto incorporar las políticas, las prácticas y las metas adoptadas en materia medioambiental, social y de gobernanza (ASG, o ESG por sus siglas en inglés) en las memorias anuales de bancos, compañías de seguros, emisores de valores de oferta pública, administradoras generales de fondos y bolsas de valores, con un enfoque de reporte integrado.

Para las entidades informantes reguladas por la Norma de Carácter General (NCG) N° 364, la sujeción a estas instrucciones será opcional.

Dentro de las modificaciones introducidas por la NCG N° 461, se destaca la nueva estructura que deberá seguir la memoria anual, que se enfoca en los siguientes aspectos:

  1. Se exige que las entidades fiscalizadas proporcionen información sobre su misión, visión y propósito corporativo.
  2. Gobierno corporativo. Se deberá proporcionar un marco de gobernanza en donde las entidades deberán divulgar la estructura y funcionamiento de su gobierno corporativo, señalando, entre otros aspectos, los siguientes:
  • Cómo se integra un enfoque de sostenibilidad en sus negocios, materias ambientales, sociales y de respeto a los derechos humanos y cómo se definen las unidades o responsables a cargo de estas materias.
  • Cómo se detectan y gestionan los conflictos de interés.
  • Cómo se promueve y facilita la innovación y si destina recursos a la investigación y desarrollo.
  • Identificar a las unidades de gestión de riesgo, desarrollo sostenible o equivalente dentro del organigrama de estructura organizacional.
  1. Estrategia. Se deberán indicar los horizontes de corto, mediano y largo plazo relevantes para la entidad en relación con la vida útil de sus activos o infraestructura. Asimismo, se deberá hacer mención a los objetivos estratégicos, describir la planificación establecida para alcanzar tales objetivos y los planes de inversión de la entidad aprobados.
  2. Personas. Se establecen categorías de funciones conforme a las cuales deberá organizar la información, además de indicadores y políticas relacionadas con el personal de la entidad, incluyendo, entre otros aspectos, diversidad, brecha salarial por sexo, seguridad laboral, acoso laboral y sexual, capacitaciones y beneficios.
  3. Modelo de negocios. Bajo este apartado se deberá señalar el sector industrial o económico dentro del cual la entidad desarrolla sus actividades; los grupos de interés que son relevantes para la entidad y si ella participa en gremios, asociaciones u organizaciones; información sobre sus principales propiedades; e individualizar a sus subsidiarias y asociadas
  4. Gestión de proveedores. Se deberán explicar las políticas e indicadores de pago a proveedores indicando si se distingue entre proveedores críticos y no críticos, así como las políticas de evaluación de proveedores.
  5. Indicadores de cumplimiento regulatorio en materias relacionadas a clientes, trabajadores, medioambiente, libre competencia y otros.
  6. Indicadores de sostenibilidad según el tipo de industria que le corresponda a la entidad. Bajo este apartado se deberán reportar las métricas en materia de sostenibilidad que resulten materiales para la entidad de acuerdo con su sector industrial, utilizando la clasificación de industrias Sustainable Industry Classification System (SICS) y la definición de métricas Sustainability Accounting Standards, establecidas por el Sustainability Accounting Standards Board (SASB).

Las modificaciones al contenido de la memoria anual tendrán vigencia diferida, de modo que ellas comenzarán a regir:

  • A partir del 31 de diciembre de 2022: para las sociedades anónimas abiertas que superen el equivalente a 20 millones de UF en activos totales consolidados calculados a la fecha de inicio del ejercicio al que se refiere la memoria.
  • A partir del 31 de diciembre de 2023: para las sociedades anónimas abiertas que superen el equivalente a 1 millón de UF en activos totales consolidados calculados a la fecha de inicio del ejercicio al que se refiere la memoria.
  • A partir del 31 de diciembre de 2024: para las entidades no contempladas en los casos anteriores, como sociedades anónimas especiales inscritas en el Registro de Valores como bancos, compañías de seguros, entidades de infraestructura y administradoras generales de fondos.