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Colombia fija nuevos estándares mínimos para implementar el Sistema General de Seguridad y Salud en el Trabajo

Colombia - 

El Ministerio de Trabajo colombiano aprobó la Resolución 0312 de 2019 por la que se fijan nuevos estándares mínimos de cumplimiento del Sistema General de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Estas nuevas medidas deberán ser cumplidas por los empleadores públicos y privados, personas jurídicas que contraten personal bajo la modalidad de contrato civil, comercial o administrativo y por las empresas de servicios temporales.

Los nuevos criterios a tener en cuenta son los siguientes:

Las evaluaciones médicas ocupacionales deberán ser realizadas por los médicos especialistas en medicina del trabajo o en SST, con licencia vigente. Asimismo, las administradoras de riesgos laborales deberán realizar actividades de promoción, prevención, asesoría y asistencia técnica para las entidades que implementen el SG-SST.

El diseño del SG – SST en las entidades con menos de 50 trabajadores clasificados en riesgos I, II o III, deberá ser realizado por técnicos en SST con licencia vigente y deberán acreditar 1 año de experiencia. Para las entidades con más de 50 trabajadores o menos de 50 pero clasificados con riesgo IV o V, el diseño del sistema deberá ser realizado por profesionales con posgrado en SST que cuenten con licencia vigente y curso de capacitación virtual de 50 horas en SST.

No están obligados a implementar los estándares mínimos aquellos trabajadores independientes con afiliación voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales.

Por último, la autoridad competente empezará a ejercer su facultad de inspección, vigilancia y control a partir de noviembre de 2019. Asimismo, el incumplimiento de la implementación estos nuevos estándares mínimos acarreará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, graduales de acuerdo a la gravedad de la infracción, los cuales serán destinados al Fondo de Riesgos Laborales.