Colombia: El Gobierno regula el pago de aportes a pensión no realizados en abril y mayo del 2020
Alerta Laboral Colombia
Mediante Decreto 376 de 2021 del 9 de abril del presente año, el Ministerio del Trabajo implementó las medidas para realizar el pago de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones por los periodos correspondientes a abril y mayo de 2020, de los que fueron exonerados los empleadores y trabajadores, a través del Decreto Legislativo 558 de 2020 el cual fue posteriormente declarado inexequible por la Sentencia C-258 del 2020.
El Decreto Legislativo 558 de 2000 permitió que el aporte a pensión, que corresponde a un 16% del ingreso base de cotización, se realizara durante los meses de abril y mayo de 2020 solamente por un 3%, correspondiendo un 2,25% al empleador y un 0,75% al trabajador.
No obstante, posteriormente esta norma fue declarada inexequible por la Corte Constitucional, que ordenó que el Gobierno regulara el tiempo y la forma de pago del aporte faltante.
Mediante el Decreto 376 de 2021, el Gobierno reguló el pago de los porcentajes adeudados.
El Gobierno otorgó 36 meses contados a partir del 1 de junio de 2021 para que se realicen los aportes faltantes al sistema de pensión, sin que haya lugar a la acusación de intereses de mora.
El porcentaje que falta por pagar, es decir el 13%, se distribuirá de la siguiente manera: a cargo del empleador el 9,75% y a cargo del trabajador el 3,25%. No obstante, el empleador o el trabajador podrán realizar el 100% del pago y posteriormente realizar el cobro al otro.
Los empleadores estarán facultados para descontar del salario o de la liquidación de prestaciones sociales de los trabajadores, el valor correspondiente a la cotización faltante.