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Colombia: Nuevas leyes para combatir el acoso sexual y promover la equidad de género en el trabajo y proteger a menores contra delitos sexuales

Colombia - 

El Congreso de la República de Colombia ha promulgado tres nuevas leyes de trascendencia en el ámbito laboral que imponen a los empleadores la obligación de implementar medidas contra el acoso sexual en el trabajo, verificar que el personal contratado no se encuentre inhabilitado por condena por delito sexual contra menor y fomentar la contratación de mujeres en el sector de infraestructura civil y construcción. 

Ley 2365 de 2024: medidas para combatir el acoso sexual laboral

Esta ley busca garantizar el derecho fundamental a la igualdad y prevenir la discriminación, violencia de género y acoso sexual en el contexto laboral y en el ámbito de la educación.

La nueva norma establece una serie de obligaciones a cargo de los empleadores y/o contratantes para prevenir el acoso sexual y proteger a la víctima, incluyendo, pero sin limitarse a las siguientes: (i) crear políticas internas de prevención, (ii) garantizar la atención a las víctimas, (iii) informar a las víctimas sus derechos y la opción de denunciar, (iv) implementar medidas de protección para prevenir daños irreparables, (v) gestionar quejas y denuncias, (vi) abstenerse de censurar a las víctimas, (vii) publicar el número de quejas y sanciones, y (viii) lanzar campañas de acción colectiva para la transformación cultural.

Además, la nueva ley garantiza la estabilidad laboral para las víctimas y los testigos de la conducta de acoso sexual.

Ley 2375 de 2024: medidas de protección de menores contra delitos sexuales

La Ley "Entornos Seguros" fortalece la protección de menores contra delitos sexuales mediante la imposición de nuevas inhabilidades para condenados por estos delitos y establece para los empleadores la obligación de verificar que sus trabajadores no se encuentren inhabilitados. A continuación, se detallan sus puntos clave:

  • Inhabilidades: los condenados por delitos sexuales contra menores no podrán desempeñar cargos que involucren contacto directo y habitual con menores de edad. Esto incluye áreas como educación, salud, recreación, deporte, hotelería, turismo, cuidado infantil, actividades religiosas, entre otras.
  • Sanciones: el empleador que contrate a personas inhabilitadas estará sujeto a sanciones consistentes en multas que oscilarán entre 50 y 500 SMMLV. Estas sanciones serán impuestas y recaudadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), destinando los fondos a la lucha contra la explotación sexual de menores.
  • Implementación: el Ministerio de Defensa tendrá un plazo de seis meses para actualizar el registro de inhabilidades, momento a partir del cual entrará en vigor la obligación del empleador de verificar si el trabajador se encuentra inhabilitado para desarrollar el cargo.

Ley 2397 de 2024: la estrategia “Más mujeres construyendo”

Esta norma establece medidas para la reducción de las desigualdades de género en el sector de la infraestructura civil y la construcción con el fin de aumentar la contratación femenina en el sector. Para lograr esto, promoverá la colaboración entre el sector privado, los gremios del sector de infraestructura civil y construcción, y la Agencia Pública de Empleo.

La ley contempla beneficios e incentivos para las empresas que participen en la estrategia “Más Mujeres Construyendo”, que se integrará con la estrategia del Ministerio de Trabajo “Sello Equipares”, orientada a cerrar la brecha de género, sin perjuicio de otros incentivos de orden tributario que puedan otorgar empresas que incrementen la participación femenina en el sector.

La norma ordena al Ministerio del Trabajo articularse con diversas entidades para desarrollar políticas empresariales de equidad de género, e implementar un programa destinado a la sensibilización empresarial para eliminar barreras y estereotipos culturales que limitan la participación femenina en el sector.