Colombia: Se puede aplicar por analogía el auxilio de conectividad digital a aprendices que trabajen en casa
Alerta Laboral Colombia
En Concepto 02EE2021410600000040891 de enero del presente año, el Ministerio del Trabajo se pronunció frente a la posibilidad de que los aprendices –por más de no tener contrato laboral– accedan al auxilio de conectividad. Si bien el Decreto 771 de 2020 por el cual se reemplazó el pago del auxilio de transporte por el pago de la conectividad digital a trabajadores aplica a trabajadores, el Ministerio consideró que, por razones de equidad, en aquellos casos que la empresa patrocinadora cancelaba a sus aprendices el auxilio de transporte durante su actividad presencial, ahora debería cancelar el auxilio de conexidad si el aprendiz realiza su trabajo bajo a alternativa de trabajo en casa haciendo uso de las tecnologías de la información.
El auxilio de transporte es una prestación que paga el empleador a favor de los trabajadores que ganen hasta 2smlmv. Este auxilio, busca ayudar a los trabajadores con los gastos en que deben incurrir para transportarse desde su hogar hasta el lugar de trabajo. Evidentemente, en los casos donde la empresa suministra de forma gratuita el transporte a sus empleados, el auxilio no deberá pagarse.
Por otra parte, el auxilio de conectividad se estableció en el Decreto 771 de 2020 bajo los mismos presupuestos del auxilio de transporte. Es decir, sólo los trabajadores que tenían derecho al auxilio de transporte serán ahora beneficiarios de ese pago, pero con ocasión a los gastos de internet en que deben incurrir por estar trabajando en casa. Es por esto que cabe resaltar que el auxilio de conectividad y de transporte no son acumulables, pues la medida que se implementó temporalmente fue el cambio de la destinación del pago que se hacía para el transporte, ahora destinado al pago de internet del trabajador.