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La Comisión Europea aprueba el primer conjunto de estándares de reporte de la información sobre sostenibilidad por parte de las empresas

España - 

En cumplimiento del mandato de la directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD), la Comisión Europea ha aprobado el acto delegado por el que adopta el primer conjunto de estándares de reporte.

Tras la publicación de la Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se modifican el Reglamento (UE) 537/2014, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y la Directiva 2013/34/UE, por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (directiva CSRD), la Comisión Europea acaba de adoptar el primer acto delegado en cumplimiento de los mandatos contenidos en la directiva, como adelantábamos en nuestra alerta del pasado mes de diciembre. 

Con este acto delegado, que entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, se adopta el primer conjunto de estándares (ESRS – European Sustainability Reporting Standars) que las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la directiva tendrán que utilizar para elaborar sus informes de sostenibilidad con independencia del sector en el que operen. 

El acto delegado va acompañado de los siguientes anexos:

  • Anexo I con el detalle de los estándares aprobados, tanto los transversales (requisitos generales e información general) como los más específicos sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza (cambio climático, contaminación, agua y recursos marinos, biodiversidad y ecosistemas, uso de recursos y economía circular, mano de obra propia, trabajadores en la cadena de valor, comunidades afectadas, consumidores y usuarios finales o conducta empresarial).
                     
    Entre otras cuestiones, se insiste y se detalla el concepto de doble materialidad como base de la información sobre sostenibilidad que deben reportar las empresas.
  • Un Anexo II con un glosario de términos y acrónimos contenidos en los estándares del Anexo I.

En los próximos años, se espera que la Comisión Europea adopte otros actos delegados para otros conjuntos de estándares. En concreto, la directiva CSRD exige a la Comisión Europea que adopte antes de junio de 2024 estándares sectoriales específicos, estándares para las pymes cotizadas y estándares para las empresas no pertenecientes a la UE.

Es importante recordar algunos aspectos relacionados con estas nuevas obligaciones de reporte. En primer lugar, es fundamental tener en cuenta que a partir del 1 de enero de 2024 estas obligaciones ya serán aplicables a las grandes empresas, que deberán entregar sus informes de sostenibilidad en 2025.

Por otra parte, estamos pendientes de que se apruebe la ley española por la que se llevará a cabo la transposición de la directiva CSRD. A estos efectos, hay que recordar que el pasado 3 de mayo el Consejo de Ministros acordó someter a audiencia pública el texto del Anteproyecto de Ley por la que se regula el marco de información corporativa sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza. El texto del anteproyecto y alguna de las cuestiones principales que contiene están disponibles en nuestra alerta publicada en mayo de 2023.