COVID-19: Galicia aplaza de nuevo la presentación y pago de impuestos
Alerta Tributario Galicia
El 15 de junio de 2020 se ha publicado en el DOGA la Orden de 15 de junio de 2020 por la que se adoptan medidas excepcionales y temporales relativas a la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y al pago de determinados impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Galicia.
Mediante la Orden de 27 de marzo de 2020 se ampliaron hasta el 30 de junio los plazos de presentación de declaraciones y autoliquidaciones y el plazo de ingreso de las deudas tributarias autoliquidadas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y los tributos cedidos sobre el juego (ver nuestra alerta).
Ahora, mediante Orden de 15 de junio de 2020, se deroga la anterior y se amplían nuevamente los plazos. En concreto:
a) Se amplían hasta el 31 de octubre de 2020 los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y para el ingreso de la deuda tributaria autoliquidada del ITPyAJD y del ISD que, conforme a la normativa reguladora del correspondiente tributo, finalicen entre el 14 de marzo (fecha de entrada en vigor del estado de alarma) y el 31 de octubre de 2020. En las transmisiones por causa de muerte, las personas interesadas podrán solicitar la prórroga prevista en el Reglamento del ISD hasta el 30 de septiembre de 2020.
b) En relación con los tributos cedidos que gravan el juego de bingo, de casinos y las apuestas deportivas y de competición, las obligaciones tributarias relativas a la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y al pago de la deuda autoliquidada por el juego realizado desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre del año 2020, se podrán cumplir entre el 1 y el 31 de octubre de 2020 (descontando los ingresos correspondientes al año 2020 previamente autoliquidados).
Además, se amplían hasta el 31 de octubre de 2020 los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y para el ingreso de la deuda tributaria autoliquidada de los tributos cedidos que gravan el resto de modalidades de juego que, conforme a su normativa reguladora, finalicen entre el 14 de marzo y el 31 de octubre de 2020.