COVID-19: Navarra amplía los plazos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio de 2019 y elimina la modalidad de atención presencial
España -
Alerta Tributario Navarra
En el BON de 6 de mayo de 2020 se ha publicado la Orden Foral 61/2020, de 30 de abril, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al período impositivo 2019, se dictan las normas para su presentación e ingreso y se determinan las condiciones y procedimiento para su presentación por medios electrónicos.
Los aspectos más relevantes de la campaña de este año son las siguientes:
- Las autoliquidaciones del IRPF e Impuesto sobre Patrimonio se podrán presentar desde el 6 de mayo hasta el 20 de julio de 2020.
- Se elimina la atención presencial a los contribuyentes durante la campaña y se sustituye por la asistencia telefónica a través de la modalidad “renta guiada”.
- Salvo supuestos excepcionales, se elimina la posibilidad de presentación de la declaración de IRPF en papel en las oficinas de la Hacienda Foral.
- El cargo en cuenta de la domiciliación de la deuda o, en su caso, del primer pago fraccionado de la deuda del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio, se hará el 20 de julio de 2020. El cargo del segundo plazo del fraccionamiento de la deuda del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio, en su caso, se efectuará el 20 de noviembre.
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