COVID-19: Se reanudan los procedimientos de contratación con el sector público que se tramiten por vía electrónica
Alerta Administrativo España
El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019, incluye novedades relevantes en materia de contratación pública así como ayudas y subvenciones para el sector de la cultura.
Dicho Real Decreto-ley introduce algunas novedades relevantes en materia de contratación pública y ayudas y subvenciones públicas al sector de la cultura:
1. Novedades en materia de contratación pública
Reanudación de procedimientos de contratación y posibilidad de iniciar otros nuevos
La DA 8ª del Real Decreto-ley acuerda el levantamiento de la suspensión de los términos e interrupción de los plazos de los procedimientos de contratación promovidos por las entidades del sector público, siempre y cuando su tramitación se realice por medios electrónicos. De esta forma:
- Los procedimientos de contratación que se encontraban suspendidos desde la declaración del estado de alarma, podrán continuar hasta su finalización.
- Se podrán iniciar nuevos procedimientos.
- La medida se extiende a los recursos especiales que, en su caso, procedan en ambos supuestos.
Modificación del artículo 34 del Real Decreto-ley 8/2020
- Abonos a cuenta: se prevé que, en caso de que se acuerde la suspensión de contratos de servicios y suministros de prestación sucesiva prevista en el apartado primero de dicho precepto, se puedan realizar abonos a cuenta (en un solo pago o periódico) al contratista. Todo ello, sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda exigir para realizar dicho abono que se preste garantía en cualquier de las formas previstas en la LCSP.
- Imposibilidad de ejecución en relación con las concesiones: se modifica el último párrafo del apartado cuarto para precisar que el régimen de reequilibrio regulado, cumpliéndose el resto de requisitos, sólo aplicará, cuando proceda, respecto de la parte del contrato afectada por la imposibilidad de ejecución.
- Ámbito de aplicación: se introduce un nuevo párrafo en el apartado séptimo del precepto, de tal forma que se aclara que el mismo incluye a los contratos públicos que estén vigentes a la entrada en vigor del Real Decreto-ley e independientemente de cuál sea la normativa de contratación pública a la que estén sujetos con arreglo al pliego.
2. Ayudas y subvenciones públicas al sector de la cultura
Medidas para facilitar la financiación del sector cultural
- Se dispone la concesión directa de dos subvenciones a la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Fianzas SGR: (i) la primera, por importe de 16.250.000 euros, con la finalidad de ampliar su fondo de provisiones técnicas y (ii) la segunda, con una cuantía de 3.750.000 euros, destinada a cubrir el coste de la comisión de apertura de los avales de los préstamos otorgados al sector cultural con motivo de la crisis del COVID-19.
- Se establece, asimismo, que la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Fianzas SGR promoverá, en colaboración con las entidades financieras que deseen participar, seis líneas de financiación dirigidas a empresas del sector cultural con una dotación total de 780 millones de euros. En concreto: (i) Línea audiovisual; (ii) Línea de las artes escénicas; (iii) Línea de la industria musical; (iv) Línea de la industria del libro; (v) Línea de las bellas artes y; (vi) línea de otras empresas del sector cultural. Cada línea financiará proyectos del ámbito que le es propio y dispondrá de un importe mínimo de 40 millones. Todo ello con el objetivo de ofrecer financiación a los agentes de cada sector en las condiciones más favorables.
Medidas de apoyo a las artes escénicas y de la música
- Se articulan dos líneas, gestionadas por el Instituto Nacional de Artes Escénicas y Musicales (INAEM): (i) Apoyo al mantenimiento de las estructuras de las artes escénicas y musicales y (ii) Ayudas a las actividades escénicas y musicales y proyectos culturales. Se trata de ayudas de carácter excepcional y que se concederán, una sola vez, a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, en los términos y bajo las condiciones que se fijen en la respectiva resolución de convocatoria. Podrán solicitarlas tanto los autónomos como las personas jurídicas, públicas o privadas, que se dediquen a las artes escénicas y de la música, siempre que tengan un establecimiento permanente en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y siempre que se refiera a situaciones que, de manera indubitada, deriven de la emergencia provocada por el COVID-19.
Medidas de apoyo a la cinematografía y a las artes audiovisuales
- Ampliación de los plazos para el cumplimiento de obligaciones impuestas a los beneficiarios de ayudas generales y selectivas a la producción de largometrajes sobre proyecto y a las ayudas otorgadas a los cortometrajes sobre proyecto otorgadas durante el periodo 2016 a 2019.
- Flexibilización del cumplimiento de determinadas obligaciones que deban realizarse en el año 2020 para los beneficiarios de ayudas generales y selectivas a la producción de largometrajes sobre proyecto en relación, entre otras, con el número de salas en las que debe efectuarse el estreno de las obras audiovisuales, así como del plazo para dar inicio al rodaje.
- Se amplia, transitoriamente, la definición de «estreno comercial» de las películas, permitiendo que, hasta que las salas de exhibición vuelvan a estar en funcionamiento, pueda considerarse como tal el realizado a través de servicios de comunicación audiovisual televisiva, servicios de comunicación electrónica que difundan canales de televisión y servicios de catálogos de programas.
- De manera excepcional, se permite que, a solicitud del interesado, se abone el 50% de las ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto concedidas, sin necesidad de haber comunicado al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o al organismo autonómico competente, el inicio del rodaje.
- Finalmente, se prevé la concesión directa de ayudas a los titulares de salas de exhibición cinematográfica para sufragar, entre otros gastos, los que incurran para adoptar las medidas sanitarias que le son requeridas o para realizar campañas de promoción para la vuelta a la actividad. La cuantía máxima vendrá determinada por el número de pantallas de las que disponga cada sala de exhibición.
Medidas de apoyo al sector del libro y del arte contemporáneo
- Creación de una línea de ayudas, de carácter extraordinario, para ofrecer apoyo urgente al mantenimiento de las estructuras del sector librero y de la cadena de suministro del libro. Esta línea de ayudas contará con un crédito total de 4 millones de euros y será gestionada por la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura. Se trata de ayudas que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, en los términos y condiciones que se fijen en la respectiva resolución de convocatoria.
- Creación de dos líneas, gestionadas por la Dirección General de Bellas Artes dirigidas a (i) otorgar ayudas para la promoción del arte contemporáneo español y (ii) permitir la adquisición específica de arte contemporáneo español para las Colecciones públicas del Estado.
Por último el artículo 14 del Real Decreto-ley prevé otras medidas de apoyo al sector cultural, entre las que destaca el abono, a los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas otorgadas para la realización de actividades, objetivos o proyectos culturales, de aquellos gastos subvencionables debidamente acreditados y no recuperables en los que hayan incurrido para la realización del objetivo, proyecto o actividad subvencionados, cuando éstos no hayan podido llevarse a cabo, total o parcialmente, como consecuencia de las medidas previstas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y sus prórrogas o de aquéllas que se adopten por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis sanitaria del COVID-19.
En el ámbito tributario también se han aprobado algunas medidas de apoyo a las donaciones y al sector cultural, que se pueden consultar aquí.
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