Medidas aprobadas por el Gobierno de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo
De acuerdo con lo anunciado durante el Debate sobre el Estado de la Nación, el Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, publicado en el BOE el sábado 23 de febrero.
El Real Decreto-ley 4/2013 contiene una serie de medidas tendentes a recuperar la senda del crecimiento económico y la creación de empleo, que incluyen:
1. Medidas laborales y de seguridad social
- El establecimiento de medidas para el estímulo de la contratación, como la creación de un nuevo contrato temporal de primer empleo joven y el establecimiento de diferentes supuestos de reducciones y bonificaciones a las cuotas de la Seguridad Social, entre los que destacan las reducciones vinculadas a contratos en prácticas concertados con menores de 30 años.
- La adopción de medidas de fomento del emprendimiento y el autoempleo, incluyendo bonificaciones y reducciones aplicables a jóvenes trabajadores por cuenta propia, previsiones relativas a la posibilidad de compatibilizar la percepción de la prestación por desempleo con el trabajo autónomo o las nuevas previsiones para la capitalización de las prestaciones.
- La mejora de los mecanismos intermediación laboral y la regulación de un Portal Único de Empleo que facilite la búsqueda de empleo.
- La modificación de la Ley de Empresas de Trabajo temporal, permitiendo los contratos de puesta a disposición en los supuestos previstos para la contratación para la formación y aprendizaje.
2. Medidas fiscales
- El establecimiento de una escala reducida de gravamen para las entidades de nueva creación constituidas a partir de 1 de enero de 2013 siempre que, entre otras, no formen parte de un grupo de sociedades y no se haya realizado la misma actividad antes por otras personas o entidades vinculadas o por una persona física que participe en la entidad en más de un 50%. Esta escala reducida se aplicará en el primer ejercicio en que los resultados sean positivos y en el siguiente
- La posible reducción en un 20% del rendimiento neto de las personas físicas que inicien el ejercicio de una actividad económica a partir de 1 de enero de 2013 y que determinen dicho rendimiento mediante el método de estimación indirecta. Esta reducción no podrá superar los 100.000 euros anuales y se aplicará en el primer período impositivo en que el rendimiento sea positivo y en el período impositivo siguiente.
- La eliminación, también en el IRPF, del límite cuantitativo para la exención en las prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único.
3. Medidas de fomento empresarial:
- La modificación del reglamento de seguros privados para permitir invertir las provisiones técnicas en valores admitidos a negociación en el Mercado alternativo bursátil (MAB) u otro sistema multilateral de negociación que se concrete mediante Real Decreto, con determinados límites.
- La modificación en el mismo sentido del reglamento de planes y fondos de pensiones para permitir las inversiones de los fondos de pensiones en el MAB.
- La eliminación, para facilitar el acceso a la financiación no bancaria, del límite máximo de emisión (capital social desembolsado más reservas) para las obligaciones u otros valores que representen deuda, establecido en el artículo 405 LSC, cuando los valores se dirijan a (i) inversores cualificados; (ii) inversores que adquieran un importe mínimo de 100.000 euros o (iii) se trate de emisiones en las que el valor nominal unitario de los valores que se ofrecen sea de, al menos, 100.000 euros.
4. Medidas de financiación para el pago a los proveedores de las Entidades Locales y Comunidades Autónomas
Se establece una nueva fase del mecanismo implementado el año pasado, se amplía su ámbito subjetivo y objetivo de aplicación y se establecen algunas especialidades del procedimiento.
5. Medidas de lucha contra la morosidad
Se modifica la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, principalmente para adaptarla a la Directiva 2011/7/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011.
6. Medidas en el sector ferroviario
Se establecen medidas de racionalización del sector ferroviario para lograr la máxima eficiencia en la gestión de los servicios e impulsar los procesos de liberalización ya iniciados, incluyendo el traspaso a ADIF de la red ferroviaria de titularidad estatal y determinadas modificaciones en la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario
7. Medidas en el ámbito del sector de hidrocarburos
Se pretende velar por la estabilidad de los precios de los combustibles de automoción y adoptar medidas directas de impacto inmediato sobre los precios de los carburantes, para permitir un funcionamiento más eficiente de este mercado. Se modifica principalmente la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y el Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicio.
Nuestra publicación Novedades Garrigues 1-2013 analiza estas novedades