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Newsletter Arbitraje Internacional - Julio 2019 | Panorama regional: El continente americano

Las novedades más destacadas en el Continente Americano por la práctica global de Arbitraje Internacional y ADR de Garrigues.

BRASIL

Petrobras paga 700 millones para cumplir con un laudo arbitral, pero se reserva el derecho a recurrir

La empresa estatal brasileña de petróleo y gas Petrobras ha pagado más de 700 millones de USD para cumplir con el laudo favorable a la contratista de perforaciones marítimas Vantage Drilling, a la que acusó de corrupción, reservándose su derecho a recurrir la ratificación de la decisión arbitral por los órganos jurisdiccionales estadounidenses.  

El pago se ha satisfecho un mes después de que el tribunal estadounidense del distrito sur de Texas, Estados Unidos ratificara el laudo mediante sentencia  por valor de 733 millones de USD. Las partes han acordado que este pago satisface el importe íntegro de la sentencia.

Petrobras ha declarado que ha pagado con el fin de impedir que se devenguen intereses del laudo y de que se levante el embargo sobre sus activos holandeses. No obstante, Petrobras recurrirá ante la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito de Estados Unidos para conseguir la anulación de la sentencia del tribunal de distrito. 

La controversia subyacente se refería a un contrato a largo plazo para el arrendamiento de un barco sonda, que Petrobras resolvió en 2015 tras hacerse público que el agente de Vantage en Brasil, Hamylton Padilha, había pactado un acuerdo de conformidad con las autoridades brasileñas en relación con su intervención en el pago de sobornos a antiguos directivos de Petrobras.

En el laudo firme, al parecer los árbitros condenaron a Petrobras al pago a Vantage de 622 millones de USD más intereses por la resolución indebida del contrato.

MÉXICO

Una eléctrica mexicana plantea una demanda en relación con un gasoducto

La empresa estatal eléctrica mexicana Comisión Federal de Electricidad (CFE) ha presentado una demanda de arbitraje contra la compañía mexicana de infraestructuras de energía Ienova, filial de la californiana Sempra Energy, solicitando la anulación de algunas de las cláusulas de un contrato de servicios de transporte que regula la construcción de un gasoducto de 2.500 millones de USD entre México y los Estados Unidos.

Según se ha publicado, el arbitraje se administrará con arreglo al reglamento de la LCIA. 

El conflicto tiene su origen en un contrato que CFE suscribió con Ienova y con la canadiense TC Energy, denominada anteriormente TransCanada, para la construcción de un gasoducto desde el sur de Texas hasta Tuxpan.

En su solicitud de arbitraje, CFE pide que se modifiquen las cláusulas del contrato de servicios de transporte que prevén el reembolso de pagos de capacidad fija en una situación de fuerza mayor, por ser demasiado onerosas para el estado.

Una controversia relacionada con taxis mexicanos desemboca en sendas demandas ante la CCI y NAFTA

La empresa conjunta formada por L1bero Partners, empresa canadiense propiedad de los prominentes empresarios mexicanos Ricardo Salinas y Fabio Covarrubias, y por Espiritu Santo Holdings (ESH), ha amenazado con demandar a México al amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA), cuya demanda se sumaría a la que se encuentra pendiente ante la CCI, en relación con una concesión para dotar de taxímetros digitales y tecnología de ride-hailing a los taxis de Ciudad de México.

El origen de la diferencia está en la concesión adjudicada a la empresa conjunta en 2016 para el suministro de tecnología a la flota de 138.000 taxis registrados en Ciudad de México. Al parecer, la notificación del arbitraje, que no se ha hecho pública, se ha presentado después de que las autoridades municipales intentaran modificar unilateralmente las condiciones de la concesión en noviembre de 2018.

Pero el socio de L1bero en la empresa conjunta, ESH, afirma que la notificación de arbitraje conforme al NAFTA no es válida al haberse presentado sin su aprobación. Alega, que esta actuación forma parte de un plan más amplio de "fraude y delitos empresariales" con el que L1bero pretende hacerse con el control de la empresa conjunta y apropiarse indebidamente de sus activos y tecnología.

ESH, que está controlada por los mexicanos Santiago León y Eduardo Zayas, inició un arbitraje ante la CCI contra L1bero el 1 de mayo, con el que pretende que se declare que "la toma de control ilícita" de la empresa vulnera el acuerdo de constitución de la misma. La sede del arbitraje será Nueva York.

Tanto el procedimiento regulado por el NAFTA como el de la CCI se hicieron públicos después de que ESH solicitara el mes pasado ante el Tribunal de Distrito Sur de Nueva York medidas cautelares de emergencia en apoyo del arbitraje ante la CCI.

PERÚ

Demandan a Perú ante el CIADI en el marco de una controversia por generación eléctrica

Las empresas de Singapur IC Power y su matriz Kenon Holdings (Kenon), vinculadas al importante empresario israelí Idan Ofer, han presentado una demanda financiada por tercero contra Perú ante el CIADI por más de 150 millones de USD, al amparo del tratado de libre comercio (TLC) entre Singapur y Perú, en relación con inversiones en el sector eléctrico.

El origen de la controversia se remonta a hechos ocurridos cuando los demandantes tenían y explotaban las empresas de generación de electricidad Kallpa y Samay I, y a las decisiones adoptadas por el regulador de la energía y minería de Perú, Osinergmin, en relación con la regulación secundaria de frecuencia o RSF, servicio necesario para ajustar la generación de energía en las redes eléctricas y mantener la frecuencia del sistema.

El regulador determinó en 2014 que la RSF se suministraría a través de una provisión de base firme y variable, cuyo proveedor tendría prioridad en el despacho diario de electricidad para mantener sus turbinas en permanente funcionamiento con el fin de responder a los cambios de frecuencia.

Kenon afirma que en abril de 2016 se otorgó a Kallpa el derecho exclusivo a suministrar la base firme de RSF durante un período de tres años, con independencia de sus costes de generación declarados. Pero dos meses después, Osinergmin emitió una resolución por la que, según Kenon, se retiró ese derecho exclusivo, lo que constituyó una modificación con efectos retroactivos que causó daños a los demandantes.

La controversia también está relacionada con otra resolución del órgano regulador referente a los peajes de transmisión, que introdujo una nueva metodología por la que exigía a cada empresa generadora el pago de una serie de líneas de transmisión, con independencia de las que realmente utilizara. Kenon afirma que el cambio benefició a las empresas eléctricas estatales, incluida Electroperú, en detrimento de sus filiales.

Kenon ya no es propietaria de las empresas, después de vender toda su cartera energética en Latinoamérica y el Caribe a la firma de capital riesgo I Squared Capital por 1200 millones de USD a finales de 2017.

VENEZUELA

Desestimada la ejecución de la demanda de un astillero contra Venezuela

El Tribunal de Distrito de Columbia ha desestimado la acción de ejecución ejercitada por el astillero Huntington Ingall’s respecto del laudo de 129 millones de USD contrario al Ministerio de Defensa de Venezuela, en un conflicto surgido hace 17 años de un contrato para la modernización de dos fragatas de la armada.

El tribunal estadounidense determinó que no podía ignorar el hecho de que Huntington Ingalls había solicitado previamente a un tribunal federal de Mississippi que mantuviera su competencia sobre el caso.

La controversia se refiere a un contrato suscrito en 1997 por el que se adjudicó al antecesor de Huntington Ingalls, Northrop Grumman Ship Systems, la reparación y modernización de dos fragatas propiedad de la armada venezolana. Los trabajos en las fragatas se llevaron a cabo en Mississippi. Como parte de la operación, Venezuela consiguió 315 millones de USD mediante una colocación privada de eurobonos y depositó dichos fondos en el Bank of New York Mellon, con el fin de pagar a plazos al astillero los trabajos realizados. Northrop se quejó de que el estado de las fragatas se había deteriorado más allá del desgaste normal por uso, causando costes y retrasos que no se habían previsto en el contrato.

En 2002, el contratista demandó al ministerio por daños y perjuicios ante el Tribunal de Distrito Sur de Mississippi, Estados Unidos, que le otorgó medidas cautelares por las que se bloquearon los fondos depositados en BNY Mellon hasta la resolución del conflicto. Posteriormente, el tribunal estadounidense accedió a la solicitud de Northrop de obligar a arbitrar. Como resultado se inició un procedimiento arbitral  ante la CCI en Ciudad de México, que fue posteriormente suspendido. En 2005 se pactó un acuerdo transaccional por 70 millones de USD que fue anulado después de que Venezuela alegara que su abogado estadounidense no había sido autorizado a aceptarlo.

En 2010, el tribunal de Mississippi ordenó un nuevo arbitraje, añadiendo que "mantendría su competencia para llevar el asunto hasta su conclusión después del arbitraje".

Aunque según el convenio arbitral del contrato la sede del arbitraje de la CCI debía ser Caracas, el tribunal resolvió que sería "irrazonable" que el procedimiento se desarrollara en dicha ciudad teniendo en cuenta el deterioro en las relaciones diplomáticas entre Estados Unidos y Venezuela.

 

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