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Newsletter Arbitraje Internacional - Septiembre 2020 | Panorama Regional: Oriente Medio y África

Las novedades más destacadas de Oriente Medio y África por la práctica global de Arbitraje Internacional y ADR de Garrigues.

KAZAJISTÁN

Un tribunal de la CNUDMI resuelve que Kazajistán no está obligado por un tratado con la Unión Soviética 

Kazajistán ha ganado la demanda presentada por la joint venture canadiense Gold Pool después de que un tribunal de la CNUDMI se declarase incompetente y desestimara el caso.

Los árbitros determinaron que el TBI entre Canadá y la Unión Soviética no era vinculante para el país, puesto que Kazajistán no es parte del tratado por sucesión.

La empresa canadiense, que en ese momento era propiedad conjunta de Kazakhstan Goldfields y de Central Asia Goldfields, resultó adjudicataria en una licitación para la gestión de tres minas de oro en el país y de la estatal Kazakhaltyn JSC.

Kazajistán alegó que el contrato se había resuelto en 1997 cuando Kazakhaltyn estuvo a punto de quebrar. Gold Pool presentó entonces una demanda de arbitraje comercial contra el gobierno, que quedó sin efecto en el año 2000 por no haberse llevado a cabo ninguna actuación procesal.

Posteriormente, Gold Pool inició un arbitraje ante la CPA conforme al TBI entre Canadá y la Unión Soviética, que fue suscrito antes de la independencia de Kazajistán. Kazajistán esgrimió que no había ninguna prueba de que el país fuera parte del tratado por sucesión y el tribunal le dio la razón. 

 

MADAGASCAR

Madagascar solicita la anulación de un laudo relacionado con una fábrica de ropa

Madagascar ha interpuesto acción de anulación de un laudo del CIADI que condenaba al país a pagar 7 millones de USD a dos hermanos belgas, Peter y Kristof De Sutter, cuya fábrica de ropa había sido saqueada y quemada durante los disturbios que siguieron al golpe de estado de 2009.

El tribunal arbitral declaró al estado responsable de los daños causados a Polo Garmets, el fabricante de ropa propiedad de los hermanos De Sutters. La responsabilidad se ha determinado de acuerdo con el TBI entre la Unión Económica Belgo-Luxemburguesa y Madagascar suscrito en 2005.

En 2016, la Corte de Apelaciones de París anuló un laudo dictado por un árbitro único como resultado de la demanda que habían presentado los mismos inversores al amparo del referido TBI. Aunque los hermanos habían reclamado una indemnización de 10 millones de euros, el laudo desestimó la pretensión de los hermanos De Sutter de cobrar el importe de principal de la deuda, pero condenó a Madagascar al pago de 700.000 euros por incumplimiento del principio de trato justo y equitativo del TBI como consecuencia de la actuación de su Tribunal Supremo, que parecía interesado en proteger a la aseguradora local frente a un fallo desfavorable. La anulación de ese laudo se otorgó por motivos de infracción procesal por parte del árbitro al haber resuelto el caso sobre la base de fundamentos no planteados por las partes.

Después de esta anulación, meses más tarde los hermanos presentaron la demanda ante el CIADI en relación con la cual se dictó el laudo que ahora Madagascar pretende anular.

 

NIGERIA

Concedida una prórroga a Nigeria para recurrir un laudo de 10.000 millones de USD

Un juzgado británico ha admitido la solicitud de Nigeria de ampliar el plazo para recurrir un laudo de 6.600 millones de USD (10.000 millones de USD, incluidos los intereses devengados desde 2013) dictado a favor de la sociedad de las Islas Vírgenes Británicas Process & Industrial Developments (P&ID) en relación con un contrato de compraventa de gas.

Nigeria solicitó la admisión de un recurso para la anulación del laudo, a pesar de estar fuera del plazo original de 28 días, alegando que había nuevas pruebas que no salieron a la luz hasta finales de 2019. El juez determinó que las circunstancias del caso justificaban la ampliación del plazo a Nigeria para recurrir el laudo dictado entre tres y medio y cinco años antes.

Nigeria pretende que se anule el fallo alegando pruebas de corrupción en el otorgamiento del contrato por parte de P&ID. Argumenta que P&ID consiguió el contrato mediante el pago de sobornos a funcionarios nigerianos, que P&ID realizó pagos al presidente de la Comisión del Ministerio del Petróleo que aprobó el proyecto y que el principal testigo de P&ID en el arbitraje, el cofundador irlandés ya fallecido, Michael Quinn, cometió perjurio ante el tribunal arbitral.

El Commercial Court de Londres ha resuelto que Nigeria ha dejado suficientemente probado que el contrato estuvo rodeado de corrupción y que las alegaciones en este sentido podrían quedar acreditadas por pruebas que acaban de salir a la luz.

 

SIERRA LEONA

Un tribunal del CIADI da luz verde a Sierra Leona para iniciar acciones penales

El tribunal del arbitraje del CIADI que enfrenta a Sierra Leona y a Gerald International ha dado luz verde al estado para iniciar acciones penales contra varios de los empleados locales del demandante que supuestamente instigaron una revuelta.

Gerald presentó la demanda ante el CIADI, al amparo del TBI entre el Reino Unido y Sierra Leona, en la que acusaba al gobierno del país de obligar a SL Mining, licenciatario de su proyecto de mineral de hierro en Sierra Leona, a renegociar el contrato de licencia.

SL Mining y Gerald presentaron dos demandas contra el país: la demanda ante el CIADI y un arbitraje ante la CCI bajo su contrato de licencia con el gobierno. En la demanda ante el CIADI, Gerald sostiene que Sierra Leona ha incumplido los principios sobre trato justo y equitativo y expropiaciones recogidos en el TBI.

Previamente a la interposición de la demanda, Sierra Leona había llevado a cabo investigaciones policiales y había impuesto a SL Mining prohibiciones de realizar transportes marítimos, bloqueando así las exportaciones. Sierra Leona defiende que la suspensión y extinción de la licencia de SL Mining obedece a incumplimientos de la compañía, mientras que SL Mining niega que tuviera algo que ver en la revuelta iniciada por sus empleados y que está siendo investigada por la policía.

El tribunal arbitral resolvió que el hecho de prohibir a Sierra Leona iniciar acciones penales supondría una intromisión grave en el derecho del país a perseguir actos violentos, si bien observó la “coincidencia en el tiempo” y ha pedido a Sierra Leona que haga que se modifiquen las condiciones de la fianza de los empleados para que puedan volver a las minas.