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Newsletter de Empresa Familiar - Febrero de 2025

España - 

La empresa familiar ante la obligatoriedad de acudir a los MASC: ¿una nueva oportunidad para la mediación?

Cecilia Rosende Villar y Francisco Martínez Iglesias

La Ley Orgánica 1/2025 ha establecido la obligatoriedad de recurrir a los llamados medios adecuados de solución de controversias (MASC) antes de iniciar un procedimiento en el orden civil. En el contexto de la empresa familiar, donde los conflictos pueden comprometer tanto la estabilidad empresarial como las relaciones personales, la mediación se presenta como una alternativa especialmente adecuada.

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El Tribunal Supremo refuerza la validez de un poder preventivo con cláusula de subsistencia para garantizar el apoyo a una persona con discapacidad

Alberto Guerra San José y Laia Llambrich Arias

El poder preventivo con cláusula de subsistencia podría considerarse una medida de apoyo voluntaria suficiente para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad. Así se desprende del contexto de la legislación vigente y de un reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo. Si este poder preventivo es completo y adecuado, respetando los derechos y preferencias de la persona, podría llegar a excluir la necesidad de adoptar medidas judiciales.

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La estructura societaria como herramienta para el gobierno, la gestión y la tributación en la empresa familiar

Ana Ellauri Sánchez

La elección de la forma jurídica a través de la que desarrollar un negocio requiere una profunda reflexión. La empresa familiar no solo no es ajena a este proceso de análisis y reflexión, sino que, por su naturaleza, esa elección puede incluso llegar a condicionar la supervivencia de la propia empresa, principalmente si la estructura societaria adoptada no responde a las necesidades, circunstancias y realidad de la familia y sus negocios.

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El reto de la paridad en la alta dirección para la empresa familiar

Eva Díez-Ordás

El pasado 2 de agosto de 2024 se publicó en el BOE la denominada Ley de Paridad, que establece la obligación de las empresas incluidas en su ámbito de aplicación de velar porque la alta dirección tenga una composición que asegure la presencia, como mínimo, de un 40 % de personas del sexo menos representado. Reflexionamos sobre cómo debe abordarse esta obligación legal en la empresa familiar.

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Sentencias y resoluciones

Mercantil y civil

  • Las disposiciones testamentarias, al igual que los pactos parasociales, no son oponibles frente a la sociedad, pero sí son eficaces frente al otorgante y quienes se adhieren expresa o tácitamente a aquellas
  • No es necesario un contrato entre el consejero delegado y la sociedad si el desempeño de funciones ejecutivas no es retribuido
  • El hecho de que una sociedad siga funcionando a pesar del bloqueo de sus órganos societarios e incluso adopte determinados acuerdos sociales no impide la apreciación de la causa legal de disolución
  • Los estatutos deben especificar cuáles son los indicadores para fijar la retribución variable de los consejeros por el ejercicio de funciones ejecutivas
  • Es posible incorporar en los estatutos una prestación accesoria que imponga la obligación de cumplir un protocolo familiar, siempre que el pacto esté identificado de forma que lo puedan conocer no solo los socios que lo hayan suscrito sino también los futuros socios

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Tributario

  • ISD.- En una donación de participaciones, el momento en el que debe verificarse el requisito de realización de funciones retribuidas para la aplicación del régimen de empresa familiar es cuando se produce la donación
  • ISD.- A los efectos de aplicar el régimen de empresa familiar, el Tribunal Supremo decidirá si la persona empleada necesaria para que la actividad de arrendamiento de inmuebles constituya actividad económica puede estar contratada en otra sociedad del grupo
  • ISD.- En una sucesión regida por fiducia aragonesa, los requisitos para el acceso al régimen de empresa familiar deben verificarse en el momento de la ejecución de la fiducia, y no en el fallecimiento
  • ISD.- La revocación de una donación no supone una nueva tributación en el ISD si se realiza conforme al derecho civil  
  • ISD.- Las rentas derivadas de los activos aportados a un trust tributan en el IRPF del aportante y, en caso de fallecimiento, la adquisición de los activos por sus herederos está sujeta al ISD

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