Newsletter Empresa Familiar - Noviembre 2019
En esta nueva edición de nuestra newsletter analizamos cuestiones como las vías alternativas de financiación de la empresa familiar o las consecuencias de su venta a efectos fiscales. También recomendamos cómo evitar conflictos en la empresa tras un segundo matrimonio y cómo puede afectar a la reestructuración del grupo familiar la acción de reintegración concursal. Además, repasamos las principales resoluciones civiles, mercantiles y del ámbito tributario en torno a la empresa familiar.
La empresa familiar explora vías alternativas de financiación en los mercados de capitales y de deuda
Naiara Bueno
Las empresas familiares, pymes en su gran mayoría, han tenido que afrontar en la última década una crisis económica y financiera ante el estancamiento del sistema de financiación bancaria tradicional, lo que ha comportado un endurecimiento de las condiciones financieras y severas restricciones crediticias. En este contexto, los directivos de empresas familiares deben estudiar sistemas alternativos de financiación, como el acceso a los mercados de capitales y de deuda, para sostener el crecimiento de sus negocios.
La venta de la empresa familiar: ¿oportunidad o problema?
Alma Mª Menéndez
A la hora de plantear la venta de la empresa familiar se deben tener en cuenta todos sus posibles efectos y, en concreto, el impacto que la operación puede tener, desde un punto de vista impositivo, no sólo en la tributación de la desinversión, sino también en la imposición patrimonial de la familia empresaria transmitente.
Cómo evitar conflictos en la empresa familiar tras un segundo matrimonio
Arantxa Tobaruela
Los segundos matrimonios en el marco de la empresa familiar conllevan la necesidad de abrir una reflexión en cuanto a la regulación de la sucesión, con el fin de dar cobertura a las necesidades del segundo cónyuge, en caso de quedar viudo, y proteger a su vez los derechos de los hijos del primer matrimonio (o de ambos matrimonios, de haberlos) en cuanto a la sucesión en la propiedad de la empresa.
La acción de reintegración concursal y cómo podría afectar a la reestructuración del grupo familiar
Marina Lorente
La reestructuración del grupo de empresas familiar puede ser una herramienta muy útil a la hora de diversificar de manera racional la actividad de dichas sociedades y puede conllevar múltiples ventajas desde el punto de vista organizativo, de negocio o de gobierno, fiscal, de ahorro de costes, etc. Pero no se puede perder de vista que los actos que formen parte de una reestructuración podrían llegar a considerarse perjudiciales y ser objeto de análisis a efectos de su posible rescisión en un eventual proceso concursal declarado en los dos años posteriores.
Sentencias y resoluciones
- La designación de un apoderado general no exime al administrador de la responsabilidad por las deudas sociales
- Se puede aplicar el derecho de separación de un socio cuando una modificación de los estatutos sociales incluya la libre transmisión de participaciones a favor de sociedades controladas por los socios o sus familiares
- La aceptación tácita de la herencia impide al administrador de la herencia yacente ejercitar los derechos de socio de la entidad mercantil
- La adquisición preferente por transmisión ‘mortis causa’ de participaciones sociales no tiene efectos frente a la sociedad hasta que se produzca el pago al heredero
- Los estatutos sociales pueden incluir la posibilidad de convocar la junta general por correo electrónico
- El Tribunal Supremo decidirá si el pago del usufructo que le corresponde por legado al cónyuge del fallecido, con bienes en plena propiedad, tributa por ISD o por ITP
- Las inversiones financieras no dispuestas desde la última promoción inmobiliaria no son activos afectos para la aplicación del régimen de empresa familiar en el ISD
- La normativa del IP no prohíbe utilizar los balances consolidados para calcular el importe de la exención de empresa familiar
- Un residente en un país tercero a la UE y al EEE no puede aplicar la normativa del IP de la comunidad autónoma donde radican los inmuebles
- El régimen de neutralidad fiscal en el IS no aplica cuando el motivo principal es permitir una posterior donación de participaciones con una fiscalidad más ventajosa
Profesionales de contacto