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Newsletter Laboral - Marzo 2019 | Normas de interés

España - 

Las empresas deberán llevar un registro diario de la jornada

Las empresas deberán garantizar el registro diario de la jornada, el cual deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada empleado, sin perjuicio de la flexibilidad horaria prevista en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. Este registro de jornada entrará en vigor dentro de dos meses y deberá conservarse durante cuatro años, permaneciendo a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La organización y forma de documentar el registro de jornada deberá pactarse mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa. En su defecto, previa consulta con los representantes legales de los trabajadores, el empresario decidirá cómo organizará y documentará el registro de jornada.

Hemos publicado una alerta sobre este tema, que se puede consultar AQUÍ. Y en ESTE ENLACE el texto del BOE.

 

El Gobierno aprueba una batería de medidas de igualdad

El 7 de marzo se ha publicado el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, mediante el cual se introducen nuevas medidas en materia de igualdad entre hombres y mujeres.

Entre las medidas, destaca la extensión de la aplicación de planes de igualdad a las empresas de más de 50 trabajadores, la exigencia a las empresas de llevar un registro salarial desagregado por sexo y la ampliación del hasta hora denominado permiso de paternidad de forma paulatina hasta las 16 semanas.

Sobre esta cuestión, hemos publicado una alerta que se puede consultar en ESTE ENLACE, y el contenido del BOE, AQUÍ.

 

Se adoptan medidas laborales de contingencia ante el Brexit

El Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo, ha adoptado diferentes medidas de contingencia ante la posible retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea sin acuerdo.

Entre las mismas, se recogen previsiones en materia de inmigración relativas al desplazamiento temporal de trabajadores y muy especialmente de seguridad social (normativa de aplicación, efectos del Brexit en los pensionistas o en el acceso a la asistencia sanitaria, entre otros).

La norma entrará en vigor el día en que los tratados de la Unión Europea dejen de aplicarse al Reino Unido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 del Tratado de la Unión Europea y se encuentra en gran medida condicionada a un reconocimiento recíproco por parte del Reino Unido.

Se puede consultar AQUÍ la alerta elaborada sobre este tema y AQUÍ el texto publicado en el BOE.

 

Aprobada la ley que protege los secretos empresariales

Tras la finalización del trámite parlamentario que indicábamos en la pasada Newsletter, se ha publicado la Ley de Secretos Empresariales que entra en vigor el 13 de marzo de 2019.

La norma tiene por objeto proteger los secretos empresariales, para lo cual define qué se ha de entender por tales, cuándo se entiende que su obtención, utilización o revelación son ilícitas y cuáles son las acciones para su defensa. No obstante, la protección otorgada por la norma a los secretos empresariales no afectará a la autonomía de los interlocutores sociales o a su derecho a la negociación colectiva, ni restringirá la movilidad de los trabajadores.

Se puede consultar AQUÍ el texto publicado en el BOE y AQUÍ el comentario elaborado por Garrigues sobre esta cuestión.

 

Se publica la orden de cotización a la Seguridad Social para el año 2019

El pasado 2 de febrero se publicó, con efectos del día 1 de enero de 2019, la Orden TMS/83/2019, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2019.

Garrigues publicó una alerta sobre este tema, accesible AQUÍ. También se puede consultar en ESTE ENLACE el texto del BOE.