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El Parlamento y el Consejo de la Unión Europea aprueban la Directiva sobre divulgación de la información relativa al Impuesto sobre Sociedades

España - 

Alerta Tributario España

La directiva obligará a divulgar los datos referidos al Impuesto sobre Sociedades a grupos y empresas independientes establecidos en la Unión Europea (UE) cuyos ingresos superen los 750 millones de euros.

La Directiva 2021/2101/UE de 24 de noviembre de 2021 (publicada en el DOUE de 1 de diciembre) modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información relativa al Impuesto sobre Sociedades por parte de determinadas empresas y sucursales sobre estados financieros anuales, estados financieros consolidados y otros informes afines.

En concreto, deberán divulgar los datos referidos al Impuesto sobre Sociedades (i) las sociedades matrices últimas establecidas en la UE cuyos grupos tengan unos ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros y (ii) las empresas independientes que superen dicho umbral; cuando, en uno u otro caso, tengan filiales o estén establecidas en más de una jurisdicción. La obligación también alcanzará (siempre que se cumpla con el referido umbral económico) a sociedades y sucursales en la UE de grupos cuya matriz última o casa central estén establecidas fuera de la UE, salvo que estas últimas hayan ya hecho frente a dicha obligación.

La información se deberá hacer pública en la web de la empresa o en un registro público habilitado a tal efecto en el plazo de 12 meses desde la fecha de cierre del ejercicio al que se refiera y deberá permanecer accesible durante al menos cinco años.

Dicha información incluirá, básicamente (y, cuando proceda, a nivel consolidado), los datos identificativos de la empresa o grupo, el listado de las filiales que lo forman, la descripción de sus actividades, el número de empleados, los ingresos y beneficios antes de impuestos, el Impuesto sobre Sociedades devengado y pagado y las reservas existentes al final del ejercicio.

La directiva establece como fecha límite de transposición a la normativa interna de los Estados miembros y consiguiente aplicación de sus disposiciones el primer ejercicio iniciado a partir del 22 de junio de 2024.