A partir del 20 de marzo las empresas serán requeridas para designar letrado en el plazo de dos días
Además, desde esa fecha será válido el primer emplazamiento de las personas jurídicas por medios electrónicos, lo que hará necesario que las empresas presten especial atención a las notificaciones que reciban por esta vía.
El próximo 20 de marzo de 2024 entra en vigor el Real Decreto-ley 6/2023 de 19 de diciembre (RDL 6/2023) que modifica la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) y la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para que las empresas adopten medidas para un mejor control de las notificaciones y cumplimiento de las obligaciones procesales.
Una de las principales novedades introducidas en la LEC es la validez del primer emplazamiento de las personas jurídicas por medios telemáticos, lo que obligará a las empresas a estar muy atentas a las notificaciones que reciban por este conducto. En esta publicación detallamos algunas recomendaciones a este respecto.
Por otra parte, dentro de las modificaciones de la LRJS, se prevé que el letrado de la Administración de Justicia requerirá al demandado para que designe letrado, graduado o procurador en el plazo de dos días desde la notificación de la admisión a trámite de la demanda, salvo que los demandados decidan litigar por sí mismos. A estos efectos, deberán facilitarse los datos del letrado, su dirección postal, dirección de correo electrónico y teléfono. Siendo el plazo tan corto, es esencial conocer de forma inmediata las notificaciones que se reciban de los juzgados de lo social para cumplir con este requerimiento.
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