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A partir del 20 de marzo las empresas serán requeridas para designar letrado en el plazo de dos días

España - 

Además, desde esa fecha será válido el primer emplazamiento de las personas jurídicas por medios electrónicos, lo que hará necesario que las empresas presten especial atención a las notificaciones que reciban por esta vía.

El próximo 20 de marzo de 2024 entra en vigor el Real Decreto-ley 6/2023 de 19 de diciembre (RDL 6/2023) que modifica la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) y la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para que las empresas adopten medidas para un mejor control de las notificaciones y cumplimiento de las obligaciones procesales.

Una de las principales novedades introducidas en la LEC es la validez del primer emplazamiento de las personas jurídicas por medios telemáticos, lo que obligará a las empresas a estar muy atentas a las notificaciones que reciban por este conducto. En esta publicación detallamos algunas recomendaciones a este respecto.

Por otra parte, dentro de las modificaciones de la LRJS, se prevé que el letrado de la Administración de Justicia requerirá al demandado para que designe letrado, graduado o procurador en el plazo de dos días desde la notificación de la admisión a trámite de la demanda, salvo que los demandados decidan litigar por sí mismos. A estos efectos, deberán facilitarse los datos del letrado, su dirección postal, dirección de correo electrónico y teléfono. Siendo el plazo tan corto, es esencial conocer de forma inmediata las notificaciones que se reciban de los juzgados de lo social para cumplir con este requerimiento.