Perú aprueba medidas para facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias en los departamentos con nivel de alerta extremo y muy alto
Alerta Tributario Perú
Tras las nuevas reglas de inmovilización dictadas por el Gobierno peruano, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) emitió la Resolución de Superintendencia No. 16-2021/SUNAT, que establece una serie de medidas con el fin de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias mensuales y el llevado de determinados libros contables.
Tales medidas están dirigidas a los deudores tributarios que (i) en el ejercicio 2020 hayan obtenido ingresos netos de tercera categoría (renta empresarial) de hasta S/ 9’890,000[1] o que, habiendo obtenido rentas de distinta categoría, la suma de éstas no supere dicho importe; y (ii) cuyo domicilio fiscal, al 27 de enero de 2021, se encuentre en alguno de los siguientes departamentos con Nivel de Alerta Extrema y Muy Alto[2]:
Para dichos deudores tributarios[3], las fechas de vencimiento para efectuar la declaración y pago de las obligaciones tributarias mensuales (e.g. IGV-Renta Mensual) por el periodo enero 2021, son las siguientes:
Asimismo, a continuación detallamos las fechas máximas de atraso del Registro de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos del periodo enero 2021:
[2] La relación completa de los niveles de alerta fue aprobada mediante Decreto Supremo No. 002-2021-PCM, modificado por el Decreto Supremo No. 008-2021-PCM.
[3] Con exclusión de aquellos deudores tributarios comprendidos en el ámbito de aplicación de la Resolución de Superintendencia No. 051-2019-SUNAT.
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