Perú: Nuevos parámetros para el suministro de información financiera a la SUNAT
Alerta Tributario Perú
Mediante Decreto Supremo No. 009-2021-EF, publicado el 26 de enero de 2021, se han modificado ciertos aspectos de la obligación que tienen las Empresas del Sistema Financiero (ESF) de suministrar información financiera a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
Como se recordará, actualmente las ESF están obligadas a suministrar a la SUNAT cierta información financiera sobre las operaciones pasivas que tengan con sus clientes. Dicha información comprende: (i) los datos de identificación del titular de la cuenta, sea éste una persona natural o entidad; y (ii) los datos sobre saldos, montos acumulados, promedios, montos más altos y/o rendimientos generados en una determinada cuenta durante el periodo que se informa.
En relación con ello, el mencionado Decreto ha dispuesto lo siguiente:
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