El plazo para el ingreso de las diferencias de cotización derivadas de la Orden de cotización de 2021 se amplía hasta el 30 de junio de 2022
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Alerta Laboral España
La Orden de cotización del año 2021 (Orden PCM/1353/2021) publicada el 4 de diciembre de 2021 con efectos de 1 de septiembre de 2021, preveía que las diferencias respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de septiembre de 2021, se hubieran efectuado, podían ser ingresadas sin recargo hasta el 28 de febrero de 2022.
La nueva Orden PCM/121/2022 amplía este plazo hasta el 30 de junio de 2022.
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