Una nueva ley regula en Chile el contrato de trabajo de teleoperadores
Alerta Laboral Chile
La nueva normativa define las funciones que asumen estos empleados, fija criterios de remuneración fija y variable y aborda los turnos de trabajo y tiempos de descanso, entre otras medidas.
Con fecha 1° de marzo de 2019 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.142 que regula el Contrato de los Teleoperadores en Chile, y cuya aplicación comenzará a regir a contar del 1° de Septiembre de 2019.
La nueva normativa incorpora las siguientes regulaciones en relación al contrato de trabajo de teleoperadores:
1.- Se incorpora una definición de contrato de teleoperador, especificando que es aquél cuyo objeto sea la prestación de servicios para contactar o ser contactados con terceros, sea por la vía telefónica, medios telemáticos, aplicación de tecnología digital o cualquier otro medio electrónico, para la atención, información o asesoramiento de soporte técnico, comerciales o administrativos, venta o promoción de productos o servicios, en un lugar habilitado por el empleador, denominado centro de contacto o llamadas.
2.- Establece regulaciones en lo que respecta a las remuneraciones fijas y variables de los teleoperadores, regulando que estas últimas deberán construirse sobre la base de parámetros individuales, objetivos y verificables, sin perjuicio de las metas colectivas que se puedan pactar.
3.- Regula el detalle de cada operación por la que percibe remuneración fija y variable el teleoperador, en las liquidaciones de remuneraciones mensuales.
4.- Anticipo semanal de los turnos de trabajo de los teleoperadores para aquellos casos exceptuados del descanso semanal.
5.- Descanso mínimo entre cada atención que deban realizar los trabajadores de un centro de contacto o llamadas que estén sujetos a conexión continua.
6.- Regulación sobre claves privadas del sistema de conexión del teleoperador como herramienta de trabajo.
7.- Disposiciones sobre exámenes médicos preventivos anuales por enfermedades relacionadas con el trabajo de teleoperador, tratándose de trabajadores de un centro de contacto o llamadas que lleven seis meses continuos.
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