Inteligencia Artificial

Garrigues

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  • La inteligencia artificial militar ha sido excluida del Reglamento europeo de IA, pero la OTAN y la normativa española han abordado estos usos

    La reciente publicación del Reglamento de Inteligencia Artificial (IA) de la Unión Europea deja fuera de su ámbito de aplicación los usos militares de esta tecnología. Sin embargo, en los últimos meses ha habido a importantes avances tanto en el seno de la OTAN como en la normativa interna española para dotar de límites jurídicos a estos usos.
  • Publicado el Reglamento europeo de Inteligencia Artificial: empieza la cuenta atrás para su completa entrada en vigor

    Esta regulación europea, que se sitúa a la vanguardia mundial, incluye, además de mecanismos de control, medidas para incentivar el desarrollo de estas tecnologías de manera sostenible.
  • Claves de la Estrategia española de IA para 2024: refuerzo de los factores para su desarrollo, impulso en los sectores público y privado y fortalecimiento de la supervisión para que sea sostenible y ética

    La nueva estrategia, construida en torno a tres ejes y ocho palancas con iniciativas concretas, actualiza y amplía las acciones previas del Gobierno español, alineándose con los avances tecnológicos más recientes en la materia.
  • Perú: Se publica el proyecto de Reglamento de la Ley que promueve el uso de la inteligencia artificial (IA) en favor del desarrollo económico y social del país

    Incluye medidas como la designación de la autoridad que se hará cargo de la dirección, evaluación y supervisión del uso y la promoción del desarrollo de la inteligencia artificial y las tecnologías emergentes o la clasificación en función del riesgo que suponga la IA para el trato equitativo, la transparencia y los derechos fundamentales.
  • El uso de la inteligencia artificial plantea algunos retos para las relaciones laborales

    La evolución tecnológica ha propiciado la aparición de soluciones basadas en la inteligencia artificial (IA), con infinidad de posibles aplicaciones en muy distintos ámbitos, incluido el de las relaciones laborales. El uso de la IA en este ámbito abre una serie de interrogantes desde un punto de vista jurídico y de recursos humanos, desde los concretos aspectos en los que estas herramientas pueden ser útiles hasta los límites y requisitos que su uso debe reunir para no colisionar con los derechos de los trabajadores.
  • El difícil equilibrio entre seguridad y fomento de la innovación: así se está regulando la IA en la UE, EE.UU. y la OCDE

    La regulación que empieza a ver la luz en diferentes jurisdicciones plantea importantes desafíos tanto para los usuarios como para los desarrolladores de sistemas de inteligencia artificial (IA). Analizamos cuáles son sus principales diferencias y puntos de encuentro.
  • Claves del acuerdo político entre las instituciones europeas sobre la primera normativa de la inteligencia artificial

    La nueva regulación, pionera en el mundo, establece obligaciones a los distintos agentes de la cadena de valor de los sistemas de IA, en función de su capacidad de causar daños a la sociedad, con un enfoque basado en el riesgo.
  • Los riesgos legales de la implantación [real] de la inteligencia artificial, desde todos los ángulos del derecho de los negocios

    La inteligencia artificial (IA), en sus diferentes etapas, está presente en nuestra sociedad y en la economía digital desde hace muchos años. La irrupción de la inteligencia artificial generativa (IAG) en todos los ámbitos es, sin duda, uno de los grandes temas del momento.
  • El Reglamento del ‘sandbox’ español de inteligencia artificial pondrá a prueba la futura normativa europea

    Con el real decreto recientemente aprobado España establece un entorno controlado de pruebas para la aplicación experimental de la propuesta del Reglamento de la UE sobre la inteligencia artificial.
  • IA generativa: ¿pueden protegerse los modelos de datos?

    Los modelos de datos, que son el “cerebro” de los sistemas de inteligencia artificial, no son protegibles a través de la normativa de propiedad intelectual. En principio, tampoco serían patentables, pero sí cabría, quizás, protegerlos como secretos empresariales. Analizamos cuál es la situación en España.