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Castilla y León aprueba medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas frente al impacto económico y social del COVID-19

España - 

Alerta Castilla y León

La Junta de Castilla y León ha aprobado el Decreto-ley 2/2020, de 16 de abril, por medio del cual se establecen medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas de Castilla y León frente al impacto económico y social del COVID-19. La nueva norma recoge diversas medidas, en forma de ayudas y subvenciones, destinadas a la protección y mantenimiento del empleo, así como actuaciones específicas para los sectores de la cultura, el turismo y el deporte y en materia de prevención de riesgos laborales.

El texto se publicó en el boletín oficial de la comunidad autónoma el pasado sábado 16 de abril y entró en vigor ese mismo día.

Medidas de protección y mantenimiento del empleo: ayudas a empresas y autónomos

Entre las medidas dirigidas a la protección y mantenimiento del empleo, deben destacarse la previsión de otorgamiento de subvenciones a empresas de menos de 250 trabajadores y autónomos para la contratación indefinida ordinaria a tiempo completo y durante un mínimo 2 años de trabajadores desempleados durante la vigencia del estado de alarma, con obligación de mantenimiento del nivel de empleo de la empresa durante al menos 6 meses desde el inicio del contrato subvencionable, contratación que será subvencionada con 10.000 euros por trabajador contratado.

Del mismo modo, la norma contempla subvenciones dirigidas a empresas de menos de 250 trabajadores y autónomos cuya finalidad es incentivar la contratación de personas trabajadoras que tengan 55 años o más y que hayan sido despedidas desde la fecha de inicio del estado de alarma o que provengan de empresas que han cerrado en dicho periodo, con una cuantía de subvención de 8.000 euros por trabajador contratado

A estos efectos, se requerirá el mantenimiento del nivel de empleo de la empresa durante al menos 6 meses desde el inicio del contrato subvencionable y el contrato subvencionable durará 1 año como mínimo.

Por otro lado, se recogen subvenciones a las empresas que necesiten un refuerzo en la contratación para atender el incremento de la producción por la situación de crisis sanitaria, con diversas cuantías de subvención en función del tipo de contrato.

Asimismo, la norma establece un acceso preferente de todas las empresas afectadas en sus plantillas por el COVID-19 a las ayudas a la inversión en la industria agroalimentaria. Su objetivo será apoyar a las inversiones productivas para la transformación, desarrollo y comercialización de la producción agroalimentaria, con ayudas de hasta 1.100.000 euros, pudiendo alcanzar los 3.000.000 euros en los casos de reincorporación de trabajadores afectados por ERTE por fuerza mayor.

Cabe destacar, además, la previsión de convocatoria de subvenciones destinadas a las pymes comerciales afectadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, donde se subvencionarán proyectos de inversión dirigidos a la modernización y digitalización de los establecimientos comerciales (venta online, entre otros) y proyectos de inversión dirigidos a garantizar el abastecimiento de productos cotidianos (alimentación, droguería y perfumería) en el medio rural.

Con un menor grado de concreción, la norma anuncia la futura convocatoria de otras serie de ayudas de interés para las empresas y autónomos, como el otorgamiento de subvenciones a la promoción del comercio minorista de proximidad y al tejido asociativo comercial; ayudas relativas a la reducción de las cuotas de la Seguridad Social de autónomos; ayudas para la reincorporación de los autónomos que hayan cesado su actividad por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (Programa REINCORPÓRATE); subvenciones para generar nuevas oportunidades de emprendimiento para aquellas personas trabajadoras que pierdan su empleo durante esta crisis y decidan iniciar una nueva actividad por cuenta propia; apoyo a los autónomos establecidos en Castilla y León, con o sin empleados a su cargo, y cuyos negocios, sin haber cesado en su actividad, se hayan visto afectados por las medidas adoptadas frente al COVID-19 y una ayuda a los autónomos que cesen definitivamente su actividad y no perciban prestación ni subsidio por desempleo o cese de actividad (Programa Personal de Integración y Empleo).

Medidas para los sectores cultura-turismo-deporte

En el apartado de medidas específicas para los sectores cultura-turismo-deporte, se prevén 3 tipos de subvenciones dirigidas a los mismos.

Por un lado, se contemplan las subvenciones para pymes, autónomos, asociaciones, fundaciones y federaciones deportivas, donde se subvencionarán proyectos de inversión dirigidos a la modernización, innovación y digitalización de productos, servicios y canales comerciales (incluidas medidas para facilitar el teletrabajo).

Por otro lado, se recogen subvenciones al asociacionismo, a la promoción y a la formación en las industrias culturales y creativas y el patrimonio cultural, dirigidas a apoyar actuaciones de promoción y formación llevadas a cabo por las entidades representativas de los intereses de los sectores y al apoyo al tejido asociativo profesional de dichos sectores.

Finalmente, se convocarán subvenciones destinadas a los sectores cultural, turístico y deportivo, dirigidas a pymes, autónomos, clubes y sociedades anónimas deportivas, cuya finalidad será dar liquidez a las empresas turísticas, industrias culturales y creativas y entidades deportivas, mediante la financiación de los gastos a los que deben hacer frente.

Medidas de prevención de riesgos laborales

En último lugar, en el apartado de medidas de prevención de riesgos laborales se recogen ayudas específicas a las empresas para que adopten medidas de protección de la salud de los trabajadores.

Irán dirigidas a las empresas que hayan prestado servicios esenciales durante la vigencia del estado de alarma y a las que hayan tenido, durante ese tiempo, a sus trabajadores en régimen de teletrabajo que se vayan reincorporando progresivamente al ámbito laboral. Se subvencionará lo siguiente:

  1. La adquisición de equipos de protección individual frente al riesgos de agentes biológicos (guantes, gafas, mascarilla, batas, botas…).
  2. La asistencia externa para labores de desinfección biológica de los equipos, instalaciones y personas.
  3. La asistencia de un servicio de prevención ajeno para la evaluación de los puestos de trabajo que puedan ser población de riesgo frente al COVID-19.
  4. La información y asesoramiento a los trabajadores y empresas de Castilla y León para la prevención de los contagios por COVID-19 en los centros de trabajo.

Las medidas previamente descritas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2021.