Europa avanza en economía circular mediante el fomento de la reparación de bienes
Los fabricantes deberán reparar los bienes para los que la UE establezca requisitos de reparabilidad cuando los defectos no se deban a una falta de conformidad con el contrato de venta.
El pasado 10 de julio se publicó en el DOUE la Directiva (UE) 2024/1799 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por la que se establecen normas comunes para promover la reparación de bienes y se modifican el Reglamento (UE) 2017/2394 y las Directivas (UE) 2019/771 y (UE) 2020/1828.
La directiva tiene por objeto establecer normas comunes que refuercen las disposiciones relativas a la reparación de bienes para así contribuir al correcto funcionamiento del mercado interior y garantizar al mismo tiempo un elevado nivel de protección de los consumidores y del medio ambiente.
Para ello, impone a los fabricantes la obligación de reparar gratuitamente o a precios razonables, a petición de los consumidores, los bienes para los que mediante actos jurídicos de la UE se hayan establecido requisitos de reparabilidad. En la actualidad dichos bienes son los electrodomésticos, los aparatos de refrigeración, las pantallas electrónicas, los equipos de soldadura, los servidores y los equipos de almacenamiento de datos, los teléfonos, las tabletas y los bienes que incorporen baterías para medios de transporte ligeros. La obligación de reparación se aplicará a los defectos que no se deban a una falta de conformidad de los bienes con un contrato de venta.
Cuando el fabricante obligado a efectuar una reparación esté establecido fuera de la UE, el cumplimiento de la obligación corresponderá a su representante autorizado y, cuando éste no exista, al importador del bien en cuestión o, en su defecto, al distribuidor. Todos ellos podrán subcontratar la reparación.
Asimismo, se impone a los fabricantes que comercialicen piezas de recambio y herramientas para estos bienes la obligación de proporcionar acceso a ellas a un precio razonable que no disuada de la reparación.
La directiva crea el denominado “formulario europeo de información sobre la reparación”, documento que los reparadores podrán proporcionar gratuitamente a los consumidores con el fin de facilitarles la identificación y elección de los servicios de reparación adecuados, así como su valoración y comparación. El formulario incluirá información sobre la naturaleza del defecto en cuestión, el tipo de reparación que requiere, su precio y plazo, la disponibilidad de bienes de sustitución temporal y otros aspectos relevantes para que los consumidores puedan adoptar informadamente la decisión de reparar. Las condiciones fijadas en el formulario se mantendrán durante al menos 30 días
También se establece una “plataforma europea en línea sobre reparaciones”, que deberá permitir a los consumidores encontrar reparadores y, en su caso, vendedores de bienes reacondicionados, compradores de bienes defectuosos para su reacondicionamiento o iniciativas de reparación participativas.
Por último, se modifica la Directiva (UE) 2019/771, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes, para promover la reparación bajo la responsabilidad del vendedor. Entre otras medidas, se amplía el período de responsabilidad en doce meses cuando se efectúe una reparación como medida correctora para restablecer la conformidad de los bienes. También se introduce una nueva obligación de informar al consumidor sobre el derecho a escoger entre la reparación y la sustitución, así como sobre la posible ampliación del período de responsabilidad si opta por la reparación.
Los Estados miembros deberán poner en vigor las medidas nacionales de transposición de la directiva no más tarde del 31 de julio de 2026. No serán vinculantes para el consumidor las cláusulas contractuales que excluyan en su perjuicio la aplicación de dichas medidas.
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