México reestablece las condiciones de mercado de los Certificados de Energía Limpia (CELs)
Se incentiva así la inversión en centrales de generación de electricidad a través de energías limpias y se logra que la comercialización de CELs tenga una mayor rentabilidad.
Se han reestablecido en México las reglas de mercado que permiten la emisión de Certificados de Energía Limpia (CELs) únicamente a centrales de energía limpia que hayan entrado en operación a partir del 11 de agosto de 2014 y, excepcionalmente, a centrales eléctricas legadas que operen con anterioridad a esa fecha pero que hubiesen realizado un proyecto para aumentar su producción de energía limpia. Lo anterior permite que la comercialización de estos CELs tenga mayor rentabilidad para sus titulares y reafirma el objeto principal de la creación del mercado de CELs en México: incentivar la inversión en nuevas centrales de generación de electricidad a través de energías limpias.
En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones el 12 de marzo de 2024, la Secretaría de Energía (SENER) informó a los participantes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y a la población en general que han quedado insubsistentes los acuerdos emitidos por la SENER en 2019 que distorsionaban la oferta en el mercado de CELs al permitir la recepción y posterior oferta de CELs por parte de centrales eléctricas legadas propiedad de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) que generan energía eléctrica a partir de fuentes de energías limpias, aun cuando éstas hubieran entrado en operación antes del 11 de agosto de 2014.
Los CELs constituyen títulos emitidos por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que acreditan la producción de una cantidad determinada de energía eléctrica a partir de energías limpias y que sirven para cumplir los requisitos asociados al consumo de los centros de carga. Los CELs son un instrumento de mercado cuyo precio es determinado por la oferta y la demanda, pudiendo los participantes realizar operaciones de compraventa en el MEM que organice el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) o comercializarlos libremente ya sea mediante contratos bilaterales o subastas de largo plazo.
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