La nueva directiva sobre sostenibilidad establecerá obligaciones de diligencia debida para las empresas
Alerta ESG
La Comisión Europea ha elaborado una propuesta de directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y una comunicación sobre trabajo digno en todo el mundo.
Pocos días después de que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 iniciara un periodo de consulta pública previa al anteproyecto de la ley de protección de los derechos humanos, de la sostenibilidad y de la diligencia debida en las actividades empresariales transnacionales, que comentábamos en nuestra alerta del pasado 22 de febrero, la Comisión Europea ha elaborado una propuesta de directiva y una comunicación sobre trabajo digno, estableciendo las normas para que las empresas respeten los derechos humanos y el medio ambiente en las cadenas de suministro y marcando la estrategia para promover el trabajo digno a escala global.
La propuesta de directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad establecerá obligaciones concretas a las empresas incluidas en su ámbito de aplicación, con la finalidad de que determinen y, en caso necesario, prevengan y mitiguen los efectos adversos de sus actividades propias, las de sus filiales o las de sus cadenas de valor, en los derechos humanos y en el medio ambiente.
Las empresas a las que se dirigen las obligaciones de la propuesta de directiva son las empresas constituidas en un Estado miembro de la Unión Europea que cumplan los siguientes requisitos:
- Que tengan más de 500 empleados de media y un volumen neto de negocios en todo el mundo de más de 150 millones de euros.
- Que, sin alcanzar los umbrales indicados, tengan más de 250 empleados de media, un volumen neto de negocios en todo el mundo de más de 40 millones de euros y, además, al menos el 50% de este volumen haya sido generado en uno o varios de los llamados sectores de gran impacto.
Asimismo, se incluye dentro del ámbito de aplicación de la directiva a las empresas de terceros países cuyo volumen de negocios en la Unión Europea supere los umbrales indicados anteriormente.
Las empresas indicadas deberán aprobar e integrar una política de diligencia debida con un contenido muy específico, que claramente trata de fomentar la transparencia en la implantación y seguimiento del proceso, que debe estar destinado a:
- Identificar los efectos negativos, actuales y potenciales, en los derechos humanos y el medio ambiente.
- Prevenir potenciales efectos adversos sobre los derechos humanos y el medio ambiente.
- Adoptar las medidas necesarias para poner fin, o reducir al mínimo, los efectos negativos causados.
- Asegurar y mantener un procedimiento de reclamación para las víctimas, los sindicatos y las organizaciones civiles.
- Valorar periódicamente la eficacia de las medidas establecidas y, en su caso, actualizar la política de diligencia debida en atención a la evaluación realizada.
- Publicar anualmente en su página web una declaración informando sobre el proceso de diligencia debida llevado a cabo, los efectos negativos, actuales y potenciales; y las acciones adoptadas.
La propuesta de directiva dispone que los Estados miembros deberán establecer el régimen sancionador aplicable, teniendo en cuenta que las sanciones tendrán que ser efectivas, proporcionadas y disuasorias.
La propuesta de directiva también incluye la previsión de que los Estados miembros se aseguren de que los directivos (concepto que incluye, principalmente, a los administradores), en desarrollo de su deber de actuar en el mejor interés de la compañía, tomen en consideración las consecuencias de sus decisiones sobre sostenibilidad (incluyendo derechos humanos, cambio climático y consecuencias ambientales), en el corto, medio y largo plazo. Y que se responsabilicen de la supervisión de la política de due diligence y adapten la estrategia corporativa para tomar en consideración todos estos aspectos.
Como complemento a la propuesta de directiva, la Comisión también ha presentado una comunicación sobre trabajo digno en todo el mundo, con el objetivo de erradicar el trabajo infantil y el trabajo forzoso.
Entre los múltiples instrumentos y acciones existentes y futuras que relaciona la comunicación, la Comisión anuncia que está preparando una nueva iniciativa legislativa que prohibirá de hecho la comercialización en el mercado de la Unión Europea de productos fabricados mediante trabajo forzoso, incluido el trabajo infantil. La iniciativa incluirá productos nacionales e importados. El nuevo instrumento se basará en las normas internacionales y complementará las iniciativas horizontales y sectoriales existentes de la Unión Europea, en particular las obligaciones de diligencia debida y transparencia.
La comunicación concluye insistiendo en el papel de liderazgo que tiene la Unión Europea para garantizar que la transición verde y digital de la economía vaya de la mano con una transición global socialmente justa. Asimismo, reitera que la Unión Europea colaborará con sus socios internacionales para lograr una recuperación de la crisis derivada del COVID-19 centrada en el ser humano, sostenible, justa e inclusiva.