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Perú: Autorizan el retiro del 100% del dinero de las cuentas CTS de los trabajadores

Perú - 

Alerta Laboral Perú

Con la finalidad de implementar la libre disponibilidad del 100% del dinero existente en las cuentas de CTS, con fecha 4 mayo de 2021 se aprobó el Decreto Supremo No. 010-2021-TR. Esta norma establece las disposiciones reglamentarias para la aplicación de la Ley N° 31171, Ley que autoriza la disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19.

A continuación, presentamos los aspectos más relevantes a tener en cuenta para la disposición de la CTS bajo la normativa señalada:

1. Ámbito de aplicación

La norma establece como beneficiarios a los siguientes grupos:

  • Los trabajadores del sector privado, independientemente del régimen laboral al que se sujeten.
  • Los trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR (LPCL).
  • Los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral general de la LPCL.

2. Disposición de los depósitos de la CTS

Los beneficiarios podrán realizar retiros, totales o parciales de su cuenta de CTS hasta el 31 de diciembre de 2021. Asimismo, los retiros podrán ser realizados:

  • De manera directa en la misma cuenta de CTS, o
  • En una cuenta del sistema financiero que el trabajador indique, previa solicitud (preferentemente por vía remota) a la entidad que actúa como depositaria de la CTS. El desembolso deberá realizarse en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles de recibida la solicitud del beneficiario.