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Perú avanza hacia la ratificación de los tratados de clasificación de la OMPI

Perú - 

Comentario Propiedad Intelectual Perú

El país está próximo a adherirse formalmente a los cuatro tratados de clasificación internacional de la propiedad intelectual administrados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), estando únicamente pendientes las notificaciones formales de aceptación de tres tratados ante el director general de la OMPI. En el caso del cuarto tratado, aún está pendiente la ratificación previa por parte del presidente de la República vía decreto supremo.

La OMPI organiza y administra 26 tratados vinculados con la protección, el registro y la clasificación de la propiedad intelectual. Perú forma parte de 17 tratados vinculados con la protección y el registro, incluyendo el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, el Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT), el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), entre otros. Esto lo convierte en el país de Latinoamérica que ha suscrito la mayor cantidad de tratados de la OMPI; sin embargo, no es parte de ninguno de los cuatro tratados de clasificación.

  • El Arreglo de Niza, que establece la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas
  • El Arreglo de Viena que establece la Clasificación Internacional de los Elementos Figurativos de las Marcas
  • El Arreglo de Estrasburgo que establece la Clasificación Internacional de Patentes, y
  • El Arreglo de Locarno que establece una Clasificación Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales.

Estos Arreglos de Clasificación son de suma importancia, en tanto se encargan de estandarizar prácticas relacionadas a la propiedad intelectual a nivel internacional, simplificando los procesos de búsqueda de información y registro de invenciones, marcas, dibujos y modelos industriales de las agencias nacionales. Estos sistemas resultan indispensables para ubicar la documentación sobre creaciones o invenciones, y así poder comprobar si estas son novedosas, o si ya han sido obtenidas o reivindicadas como propiedad por terceros.

En tal sentido, se iniciaron los procedimientos formales en Perú para ser parte de dichos tratados de clasificación de la OMPI. El procedimiento es el siguiente:

  1. Aprobación por el Congreso de la República vía resolución legislativa.
  2. Ratificación por el presidente de la República vía decreto supremo.
  3. Notificación a la OMPI vía depósito formal al director general.

A continuación, un cuadro que resume el estado actual de ratificación de los tratados mencionados: