Perú: Un Decreto Supremo podría establecer en febrero la nueva metodología para el cálculo de las multas de los órganos resolutivos del Indecopi
Alerta Competencia Perú
La Ley Nº 31112 que establece el control previo de las operaciones de concentración empresarial en el Perú, publicada el pasado 7 de enero de 2021, ha incluido una importante disposición complementaria que establece que en el plazo máximo de 30 días se deberá aprobar, vía Decreto Supremo de la Presidencia del Consejo de Ministros, la graduación, metodología y factores para la determinación de las multas que imponen los órganos resolutivos del Indecopi en todas las materias a su cargo.
Esto implica que se contará con un nuevo mecanismo de cálculo de sanciones pensado principalmente para los casos de competencia (libre competencia y represión de la competencia desleal), protección al consumidor y propiedad intelectual, pero que también podrían utilizarse para sancionar infracciones en casos de dumping y subsidios, eliminación de barreras burocráticas y concursal.
Indecopi buscaría facilitar el trabajo de sus órganos resolutivos y generar más predictibilidad entre administrados
Esta nueva metodología se basaría en el Documento de Trabajo N° 001-2020/GEE (el DT-001), “Propuesta metodológica para el cálculo de multas en el Indecopi”, publicada por la Gerencia de Estudios Económicos del Indecopi en mayo de 2020, para recoger comentarios del público interesado (ver aquí) (el DT-001).
En el DT-001 se reconoce que la situación actual por la que se trata de aplicar una sola regla de cálculo para todo tipo de casos, que implica principalmente calcular económicamente el beneficio ilícito o el daño asociado a la infracción y aplicar una probabilidad de detección, así como otros factores, debe ser revisada. La regla actual dificultaría su aplicación o la haría impracticable, especialmente para casos de menor cuantía.
El objetivo de esta nueva metodología sería aprobar reglas de decisión flexibles para el cálculo de multas que, sin perder objetividad y razonabilidad, simplifiquen el trabajo de los órganos resolutivos de tal manera que sus esfuerzos se concentren en el análisis de los casos; y, al mismo tiempo, generarían mayor predictibilidad entre los administrados sobre la magnitud de la sanción que se les impondría en caso se considere que han incurrido en determinada infracción.
Para tal efecto, los principios que invoca el DT-001 son los siguientes: (i) razonabilidad, pues la imposición de la multa debe mantener la debida proporción entre los medios a emplear y los fines públicos que se deben tutelar, para que respondan a lo estrictamente necesario para satisfacer su cometido; (ii) predictibilidad, debiendo basarse las sanciones en información objetiva y ser congruentes con metodologías establecidas; (iii) disuasión, es decir, que las multas eviten que el agente económico encuentre beneficioso infringir la ley y pagarlas; y (iv) eficiencia social, de modo que la imposición de la multa cumpla su cometido sin que el costo de cálculo y aplicación sea desproporcionado.
La propuesta plantea tres enfoques de cálculo
En el DT-001 se propone el siguiente esquema con tres enfoques:
- Una fórmula basada en “valores preestablecidos”, que se aplicaría si la infracción duró menos de 2 años, tuvo un impacto geográfico limitado y no puso en riesgo la vida y la salud de las personas (se aplicaría para casos de protección del consumidor por denuncias individuales).
En caso que la infracción tenga alcance nacional, dure más de dos años o ponga en riesgo la vida y la salud de las personas se aplicaría alternativamente:
- Un enfoque basado en un “porcentaje de las ventas involucradas en la infracción”, pero donde el porcentaje está fijado previamente según 5 niveles de afectación al mercado (se aplicaría para casos de libre competencia, competencia desleal y casos de consumidor en investigaciones de oficio).
- Un enfoque ad-hoc consistente en mantener el método actual para casos de gran impacto económico, que requiere el cálculo económico del beneficio o daño específico, pero fijando el valor de algunos elementos de la multa como la probabilidad de detección de la infracción (se aplicaría para casos de propiedad intelectual de alto impacto).
En la propuesta se incluye una hoja de ruta para que los órganos resolutivos puedan identificar según el caso, qué enfoque utilizar. Asimismo, se plantean porcentajes prefijados para considerar factores que agravan la sanción o la atenúan.
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