Perú: Indecopi intensifica la promoción de registro de marcas colectivas mediante la eliminación definitiva de la tasa respectiva
Alerta Propiedad Intelectual Perú
El Indecopi, la agencia peruana de propiedad intelectual, ha ratificado su política de promoción del registro de 'marcas colectivas', mediante la eliminación definitiva de la tasa administrativa que se aplicaba para las solicitudes de registro de tales signos distintivos (S/. 534.99 por Clase, aproximadamente US$ 150 o €125), de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución Nº 000127-2020-PRE/INDECOPI de la Presidencia del Consejo Directivo de la entidad, publicada este 10 de diciembre en el diario oficial El Peruano.
En el Perú la marca colectiva es definida como todo signo que sirva para distinguir el origen geográfico u otra característica común de productos o servicios que pertenecen a diferentes personas, de acuerdo con la Decisión N° 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, Régimen Común sobre Propiedad Industrial, y el Decreto Legislativo N° 1075.
La figura de la marca colectiva es especialmente útil para las asociaciones de productores, cooperativas, comunidades nativas, entre otras organizaciones o grupos de personas, pues les permiten estandarizar y garantizar la calidad de sus productos o servicios, otorgándoles un valor agregado, así como compartir gastos comunes y, de este modo, promueven la asociatividad y fortalecen su producción, distribución y comercialización en el mercado.
Es por ello que para registrar una marca colectiva se requiere presentar ante el Indecopi no solo el signo distintivo en sí, sino también los estatutos de la asociación solicitante, la lista de integrantes de ésta, y el reglamento de uso, que debe contener la indicación de las condiciones y la forma cómo la marca colectiva debe utilizarse en los productos o servicios.
El Indecopi ha retomado el camino de la exoneración del pago de tasas para incentivar el registro de marcas colectivas, el cual tuvo como punto de partida el Decreto Supremo N° 086-2017-PCM y luego el Decreto Supremo N° 092-2018-PCM, ambos promovidos por dicha entidad, lo que fue clave para pasar en el Perú de 236 marcas colectivas registradas entre 1993 y julio de 2017, a 4891 entre agosto 2017 y septiembre 2019, lo que equivalió a un crecimiento de 1972%; siendo los sectores agroindustrial, agropecuario y de artesanías donde se presentaron la mayor cantidad de registros; ello según información contenida en el Documento de Trabajo N° 04-2020/GEE de la Gerencia de Estudios Económicos de la propia entidad (ver aquí).
Cabe advertir que, a diferencia del caso de los mencionados decretos supremos que exoneraron del pago de la tasa temporalmente por un periodo determinado (agosto 2017 – septiembre 2019), en esta ocasión dicha tasa ha sido eliminada definitivamente por el propio Indecopi, a través de la modificación de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), estando facultadas a ello todas las entidades públicas peruanas cuando el cambio implique una eliminación o simplificación de sus procedimientos, o de sus requisitos, en beneficio de los administrados.
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