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Perú promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país

Perú - 

Aprueba una ley que determina los principios para el desarrollo de la IA, reconoce el interés por promover el talento digital y fomentar estas tecnologías emergentes para mejorar los servicios públicos y define algunos conceptos. Una autoridad nacional técnico-normativa se encargará de supervisarlo.

La Ley N° 31814, publicada en el Diario Oficial El Peruano el pasado 5 de julio, promueve el uso de la inteligencia artificial (IA) en beneficio del desarrollo económico y social del Perú. Su objetivo es impulsar el uso de la IA en el marco del proceso nacional de transformación digital priorizando a la persona y respetando sus derechos humanos con el fin de fomentar el desarrollo económico y social garantizando su uso ético, sostenible, transparente, replicable y responsable.

Entre las principales disposiciones se encuentran las siguientes:

  • Determinación de los principios para el desarrollo y uso de la IA:
  1. Estándares de seguridad basados en riesgos: se promueve un enfoque basado en riesgos para su desarrollo y uso.
  2. Enfoque de pluralidad de participantes: se promueve la participación de personas naturales y jurídicas, organizaciones e instituciones públicas y privadas en el debate del desarrollo de políticas para su regulación.
  3. Gobernanza de Internet: se promueve el desarrollo e implementación de principios, normas, reglas, procedimientos de toma de decisión y programas que determinan la evolución y el uso de Internet por parte del Estado, instituciones privadas y la sociedad civil.
  4. Sociedad digital: se valora la información y el conocimiento obtenidos a través de tecnologías digitales promoviendo la seguridad, confianza, economía digital, conectividad, talento, innovación, educación e identidad digital. Además, se busca aprovechar las tecnologías emergentes en favor del bienestar social y económico.
  5. Desarrollo ético para una IA responsable.
  6. Privacidad: la IA no debe transgredir la privacidad de las personas.
  • Reconocimiento del interés nacional de promover el talento digital para aprovechar las tecnologías emergentes, así como de fomentar el desarrollo de la IA para mejorar los servicios públicos, la educación, la salud, la justicia, la seguridad ciudadana, la seguridad digital, la economía, la inclusión, los programas sociales, la seguridad y la defensa nacional.
  • Se definen los siguientes términos:
  1. Inteligencia artificial: tecnología emergente que busca mejorar el bienestar de las personas, impulsar una actividad económica global sostenible, fomentar la innovación y la productividad y abordar desafíos globales importantes.
  2. Sistema basado en IA: sistema electrónico-mecánico que puede hacer predicciones, recomendaciones o tomar decisiones influenciando entornos reales o virtuales, en base a objetivos definidos por los humanos.
  3. Tecnologías emergentes: tecnologías que generan soluciones innovadoras y conforman la industria 4.0, que, combinando técnicas avanzadas de producción y operaciones con tecnología, generan impacto en el ecosistema digital.
  4. Algoritmo: secuencia de instrucciones y conjuntos de pasos organizados para resolver un problema o tomar una decisión.
  • Se establece que la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) es la autoridad nacional técnico-normativa encargada de supervisar y promover el desarrollo y uso de la IA, formar profesionales competentes para su aprovechamiento, crear y fortalecer la infraestructura digital, desarrollar una infraestructura de datos, adoptar lineamientos éticos para su uso y promover un ecosistema de IA nacional e internacional.

Finalmente, es importante mencionar que la Ley 31814 establece que la aprobación de su reglamento se dará en el plazo de 90 días hábiles a partir de su entrada en vigor.