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Perú: Se publica la nueva ley de control previo de operaciones de concentración empresarial

Perú - 

Alerta Competencia Perú

El Congreso peruano ha publicado en el diario oficial la Ley Nº 31112 que establece el control previo de las operaciones de concentración empresarial, la cual deroga el Decreto de Urgencia Nº 013-2019 que fue promulgado por el Poder Ejecutivo como la primera norma de “merger control” aplicable a todos los sectores de la economía peruana.

En esencia, tanto la norma derogada como la nueva norma de control previo de operaciones de concentración empresarial son muy similares[1]. Las principales diferencias son las siguientes:

  • Entrará en vigencia como máximo dentro de 45 días posteriores a su publicación.
  • Los umbrales de notificación tomarían en cuenta no solo ingresos o ventas brutas anuales, sino también el valor de los activos de las empresas involucradas en el país.
  • El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi podrá actuar de oficio cuando considere que existen indicios razonables para concluir que la operación generará una posición de dominio o afectará la competencia efectiva en el mercado.
  • Las empresas pueden optar por notificar voluntariamente la operación cuando no hayan alcanzado los umbrales de notificación establecidos.
  • Se precisa que las operaciones de concentración que involucran empresas del sistema financiero que captan depósitos o empresas de seguro, que presentan riesgos de comprometer su solidez o estabilidad (riesgo sistémico), solo requieren la aprobación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS).