Fusiones bancarias transfronterizas en Europa (y III): autorizaciones y operaciones por etapas
Las fusiones bancarias transfronterizas han vuelto a estar de actualidad en la Unión Europea, animadas por los propios supervisores. En este tercer y último artículo de la serie analizamos el régimen de autorizaciones, el carácter probablemente imparable del proceso y alguna posible sugerencia para avanzar hacia una fusión, aunque por etapas.Fusiones bancarias transfronterizas en Europa (II): las particularidades de cada ordenamiento jurídico
Siguiendo con la mirada jurídica sobre los obstáculos o dificultades para las fusiones transfronterizas que iniciamos en el número anterior de esta serie, no podemos ignorar que los ordenamientos de cada Estado conservan particularidades, algunas de ellas muy arraigadas pero poco conocidas más allá de sus fronteras, que pueden erigirse en bloques en la carretera, difíciles o imposibles de esquivar.Fusiones bancarias transfronterizas en Europa (I): ¿por qué no llegan?
Se habla mucho de fusiones bancarias transfronterizas en Europa, pero hasta ahora ni han ocurrido ni parecen ser inminentes. Hace ya unos años que, desde Garrigues, recomendábamos a las entidades estar vigilantes ante el futuro. Ahora son los supervisores europeos los que invitan a hacerlas e incluso intentan facilitarlas. Pero, por ahora, el proceso de concentración bancaria se sigue produciendo dentro de cada Estado miembro. Lo estamos viendo actualmente en Italia, con la adquisición de UBI Banca por Intesa Sanpaolo, y en España, con la fusión de Caixabank y Bankia por ejemplo. No sucede de manera transfronteriza. En esta serie de tres artículos intentaremos identificar y reflexionar sobre una serie de factores jurídicos que pueden explicar en parte esta situación.