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COVID-19: La Comisión para el Mercado Financiero y el Banco Central de Chile anuncian más medidas para facilitar la liquidez de los mercados

Chile - 

Alerta Bancario y Financiero Chile

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y el Banco Central de Chile (Banco Central) han adoptado el 23 de marzo una serie de medidas con el fin de facilitar el flujo de crédito y mitigar los efectos de la pandemia de COVID-19 en el sistema financiero.

Medidas de la CMF

  • Posibilidad de postergar hasta en 3 cuotas el pago de los créditos hipotecarios. La CMF aplicará una excepción regulatoria para la constitución de provisiones asociadas a créditos hipotecarios cuyo pago sea postergado por los bancos hasta en 3 cuotas; en la medida que deudores que se encontrasen al día en sus obligaciones al momento de decretarse el estado de catástrofe por el gobierno de Chile el pasado 19 de marzo.
  • Facilidades para que los bancos flexibilicen los plazos de los créditos a las Pequeñas y Medianas Empresas (pymes) hasta 6 meses, sin que ello sea considerado una renegociación. Ello será efectuado a través de una flexibilización regulatoria para que los bancos puedan aumentar el plazo de los créditos de consumo en cuotas otorgados a pymes.
  • Utilización de excedentes de garantía hipotecaria para créditos a Pymes. La CMF emitirá una modificación regulatoria para permitir el uso de garantías hipotecarias en exceso con el fin de garantizar créditos otorgados a pymes.
  • Extensión de plazos de enajenación de Bienes Recibidos en Pago. Se autoriza una extensión de hasta 18 meses en el plazo que tienen los bancos para la enajenación de bienes recibidos en pago, con el objeto de evitar que las entidades bancarias deban venderlos en un periodo de contracción económica en que sus valores pudieran estar fuertemente castigados.
  • Margen de variación de derivados. Se modifica el tratamiento de los montos que los bancos deben constituir como garantía ante la variación de operaciones de derivados compensados en forma bilateral, para reducir los cargos de capital asociados a los contratos de derivados y estimular su uso en períodos de mayor volatilidad del tipo de cambio.
  • Basilea III. La CMF anunció que al 1 de diciembre de 2020 tendrá emitidas todas las normas sobre Basilea III para el mercado bancario chileno, con un período gradual de implementación hasta diciembre del año 2024. Sin embargo, la CMF revisará la fecha en que se implementarán estas normas, a objeto de evitar que se acentúen los efectos negativos de la actual situación.

Medidas del Banco Central

  • Se modificará el Compendio de Normas Financieras del Banco Central para que, en situaciones de emergencia nacional o de contingencia ante otros casos excepcionales graves, el Consejo del Banco Central a su juicio exclusivo flexibilice o suspenda la aplicación de los límites establecidos para los descalces de plazo, en base contractual o ajustada, y/o para la medición de la razón de cobertura de liquidez (LCR) sujeta a límite normativo.
  • En cuanto a límite para descalces, el Banco Central podrá suspender hasta por un plazo de 90 días, renovable, el cumplimiento de los requerimientos de descalce de plazos, de 30 días de una vez el capital básico de un banco y de 90 días a dos veces su capital básico.
  • Respecto del LCR, se flexibilizará el cumplimiento de la obligación de mantener en todo momento un límite superior a 70%.