Convención Constitucional

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  • Sobre la tutela de derechos fundamentales en el proyecto de nueva Constitución chilena

    Las disposiciones que regulan la tutela de derechos fundamentales en el proyecto de nueva Constitución (NC) pronto a someterse a plebiscito, se hallan en los artículos 119 a 122 y en las disposiciones transitorias cuadragésima segunda y cuadragésima tercera. En este artículo nos detendremos en la acción de tutela del artículo 119, una acción diseñada para reemplazar la acción de protección del artículo 20 de la actual Constitución (CPR).
  • La Constitución financiera en el proyecto chileno

    En el proyecto de nueva Constitución (NC) chilena, que está próximo a someterse a plebiscito, lo financiero adopta una posición relevante e innovadora, debido a que establece reglas que van más allá de las tradicionales regulaciones sobre el presupuesto, la administración y el control de las finanzas públicas.
  • El Estado social en la nueva Constitución chilena: ¿hacedor, garante u otra alternativa?

    El proyecto de nueva Constitución en Chile ya tiene su texto armonizado y está pronto a someterse a votación en el plebiscito que se llevará a cabo el próximo 4 de septiembre. En este artículo analizamos las alternativas de Estado social en el país, en caso de aprobarse el nuevo texto.
  • La nueva Constitución chilena armonizada, en la recta final hacia el plebiscito

    El próximo 4 de septiembre se llevará a cabo el plebiscito sobre la Nueva Constitución (NC). El texto armonizado del proyecto trata materias relativas a los derechos fundamentales y garantías, naturaleza y medioambiente, organización y descentralización del Estado y el sistema de justicia, entre otras. El texto se extiende por 387 artículos, distribuidos en 11 capítulos, con un orden que se aleja de las constituciones tradicionales.
  • La propuesta de nueva Constitución chilena fomenta la descentralización del país en favor de un Estado regional

    La reconfiguración de los nuevos órganos superiores de las regiones autónomas y las municipalidades, y los tres nuevos consejos (social regional, de gobernaciones y de alcaldes y alcaldesas) son algunas de las principales novedades que plantea el Pleno de la Convención Constitucional. Con ello, se podría favorecer la migración desde los grandes centros urbanos hacia la periferia, algo que llevaría también al sector privado a un proceso de ‘regionalización’.
  • ¿Cuánto gobierno, cuánto congreso y cuánto de órganos constitucionales habrá en la futura Constitución chilena?

    La Convención Constitucional debe decidir el régimen de gobierno en la futura Constitución. Las alternativas se dividen entre parlamentarismo, presidencialismo y, también, algún tipo de presidencialismo moderado.
  • El comienzo de un nuevo Derecho constitucional chileno

    Chile avanza en el camino de construir un nuevo Derecho Constitucional que será clave para el futuro del país. Los primeros pasos dados por la Convención Constitucional auguran un nuevo marco en el que se perfila un nuevo concepto de Estado, ya no solo de derecho, sino también social, inclusivo y ecológico.