Cómo valorar las participaciones sociales adquiridas por un socio después de ejercitado su derecho de separación
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre el modo de valorar las participaciones sociales adquiridas por un socio 'ad cautelam' en distintos aumentos de capital a los que acudió después de separarse de la sociedad. También reitera el momento en el que pierde su condición de socio tras ejercer su derecho de separación: cuando se le pague el valor razonable de su participación y se otorgue la escritura de reducción de capital.El TS confirma el momento en el que el socio que se separa pierde su condición y la calificación concursal de su crédito
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia, la 46/2021, de 2 de febrero, en la que se confirma lo ya señalado en la Sentencia 4/2021, de 15 de enero de 2021. Dos sentencias miméticas en todo (casi hasta en las partes).El TS aclara cuándo se pierde la condición de socio tras ejercer el derecho de separación y determina lo que sucede con el crédito en caso de concurso
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo (TS) establece que el socio que ejerce el derecho de separación conserva su condición hasta que se reembolse de manera efectiva su participación. La resolución también señala que, en caso de que la separación se produzca antes de la declaración de concurso de acreedores, el crédito del socio será subordinado sin perjuicio de la eventual contingencia derivada de la posible litigiosidad de su cuantía.