Las empresas ante el Coronavirus Covid-19

La alerta sanitaria mundial provocada por el coronavirus está generando importantes incógnitas para las empresas desde todos los ángulos de su actividad. Garrigues tiene a disposición de sus clientes equipos multidisciplinares especialistas en todas las áreas de práctica en los países en los que está presente. Desde que estalló la crisis, el despacho ha identificado a un elenco de profesionales encargado de supervisar los contenidos de este Especial, en el que ofrecemos todas las novedades legales, propuestas de los agentes sociales, acuerdos, decisiones, instrucciones… la información más relevante que deben conocer las empresas.
COVID-19: Se aprueban medidas de apoyo financiero y tributario en Andalucía
El 17 de marzo de 2020 se ha publicado en el BOJA el Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19).El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, lanza medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
Con fecha de 18 de marzo de 2020, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación y extiende su vigencia por un mes, previendo la posibilidad de prórroga.Bizkaia publica medidas tributarias urgentes derivadas del COVID-19
El 18 de marzo de 2020 se ha publicado en el BOB el Decreto Foral Normativo 1/2020, de 17 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas de carácter tributario dirigidas a responder al impacto económico negativo que la situación actual está causando a los contribuyentes.COVID-19: El Gobierno español anuncia un real decreto-ley de medidas de protección económica y social
El Gobierno ha anunciado este 17 de marzo de 2020 un real decreto-ley con medidas urgentes de carácter social y económico, movilizando un total de 200 mil millones de euros del producto interior bruto, de los que 117 mil millones de euros son íntegramente públicos, para proveer los recursos que se precisan para soportar los costes que asume el Estado y permitir el relanzamiento tras la crisis sanitaria.COVID-19: Las Oficinas de Propiedad Intelectual de España y de la Unión Europea anuncian ampliaciones de plazos
El Real Decreto 463/2020 mediante el que se declara el estado de alarma en España para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 se publicó el pasado 14 de marzo de 2020. Las medidas adoptadas para dar respuesta a esta situación excepcional y aliviar sus consecuencias incluyen la suspensión de todos los plazos procesales y administrativos durante un periodo de quince días naturales (i.e. hasta el 29 de marzo de 2020). No obstante, dicho plazo podrá prorrogarse si fuese necesario. El Real Decreto 463/2020 mediante el que se declara el estado de alarma en España para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 se publicó el pasado 14 de marzo de 2020. Las medidas adoptadas para dar respuesta a esta situación excepcional y aliviar sus consecuencias incluyen la suspensión de todos los plazos procesales y administrativos durante un periodo de quince días naturales (i.e. hasta el 29 de marzo de 2020). No obstante, dicho plazo podrá prorrogarse si fuese necesario.COVID-19: Perú declara el Estado de Emergencia Nacional y adopta medidas excepcionales y temporales
Con ocasión de las medidas excepcionales y temporales propuestas por el Poder Ejecutivo (D.S. 044-2020-PCM y D.U. 026-2020) se declaró ‘Estado de Emergencia Nacional’ proponiéndose una serie de disposiciones que tienen como finalidad salvaguardar la seguridad y salud de las personas.COVID-19: El Departamento de Aduanas publica instrucciones para garantizar el cumplimiento de sus funciones
El Departamento de Aduanas ha publicado, el 16 de marzo de 2020, la Nota NI DTORA 01/2020, por la que se dictan instrucciones derivadas de la declaración de Estado de alarma declarada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ver Nota).COVID-19: La Superintendencia del Mercado de Valores del Perú dispensa temporalmente de ciertas obligaciones y amplía plazos para las empresas
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) ha emitido un aviso mediante el cual se pronuncia respecto de las medidas que tomará ante el reciente Estado de Emergencia declarado en el Perú.